El Ministerio de Hacienda y Función Pública señaló ayer que analizará la sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos relativos al cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor (plusvalía) de los terrenos de naturaleza urbana, un tributo que recaudan los ayuntamientos y cuya regulación se incluye en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Se trata de los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 A) y 107.4 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales. A la espera de que el Tribunal Constitucional publique la sentencia, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ultima un borrador legal "que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos", señaló el departamento que encabeza María Jesús Montero.
Cabe recordar que el Pleno del TC ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, contra dichos preceptos. La sentencia considera que estos preceptos son inconstitucionales y nulos porque "establecen un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento".-