- Los establecimientos para actos y espectáculos culturales, sean abiertos o al aire libre, podrán reabrir con un tercio de su aforo autorizado en la fase 1 de la desescalada, en la que entran mañana la mayoría de autonomías. En todo caso, en lugares cerrados, no podrá haber más de 30 personas en total y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de 200 personas.

Así lo refleja la orden publicada por el Ejecutivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Entre otras medidas, los espectadores deberán estar sentados, en asientos numerados y mantener la distancia de seguridad en todo momento. Para ello, se establecerán marcas de distanciamiento en el suelo en el acceso y desalojo de la sala. La salida del público al término del espectáculo se deberá realizar de forma escalonada por zonas, para garantizar así la distancia entre personas. La norma recomienda que no existan intermedios y no se permiten los servicios de tienda, cafetería o guardarropa.

Se recomienda también la venta telemática de entradas, aunque está permitida la compra en taquillas. En ningún caso se entregarán libretos, programa o documentación en papel. Cuando haya varios artistas simultáneamente en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia sanitaria de seguridad en el desarrollo del espectáculo. Al igual que sucede en los rodajes de cine, cuando en los espectáculos no pueda mantenerse una distancia de seguridad adecuada, ni puedan emplearse equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Tanto en las representaciones como en los ensayos se garantizará la limpieza y desinfección de las superficies y los instrumentos con los que puedan entrar en contacto los artistas antes de cada ensayo y el vestuario o los equipos técnicos no se compartirán sin desinfección previa.

Los museos podrán abrir con un 30% de aforo, manteniendo una distancia de seguridad de dos metros y con los elementos táctiles para el visitante inhabilitados, sin audioguías ni folletos. La reducción del aforo deberá aplicarse a cada una de sus salas y espacios públicos.

Los museos que decidan abrir deberán llevar a cabo una limpieza y desinfección periódica de sus instalaciones. No obstante, se deberá valorar que las superficies a tratar revistan o no valor histórico o artístico, adecuando el producto desinfectante al bien cultural sobre el que se vayan a aplicar. En los procedimientos de limpieza se incluirán también las superficies exteriores de vitrinas que hayan podido ser tocadas por el visitante.

En todo caso, los museos deberán adecuar sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los ciudadanos que los visiten. Entre otras medidas, se podrá establecer la alteración de recorridos, la ordenación de entradas y salidas, o la exclusión de salas que no permitan mantener la distancia mínima de seguridad. Solo estarán permitidas las visitas y no se permitirá la realización de actividades culturales ni didácticas.

Rodajes. Las normas para poder rodar películas y series recogen indicaciones higiénicas generales y dejan en manos de los responsables de las producciones medidas específicas. Es una Orden que "aclara la situación para los profesionales sobre cómo garantizar su seguridad y lanza un mensaje a los mercados", según el presidente de la Spain Film Commission, Carlos Rosado, quien cree que estas normas hacen de España "un país seguro y eficiente" y que podrá ser "competitivo frente a otros destinos".

Bibliotecas. Las bibliotecas podrán reabrir, para préstamo y devolución de obras, al 30% de su aforo. Una vez consultadas, las obras que se hayan prestado se mantendrán en un lugar apartado en cuarentena durante al menos catorce días.