Desde el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se refieren al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como "un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona".

"Rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta"

La renta del contribuyente hace alusión a la "totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. Comprende: "Los rendimientos del trabajo, los rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario, los rendimientos de las actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales, las imputaciones de renta que se establezcan por ley".

Asimismo, desde este organismo añaden que "existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación. Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes".

Cómo ahorrar el máximo dinero posible en la próxima declaración de la Renta

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señalan que "la aportación a los planes de pensiones, la planificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales o hacer donativos, pueden ayudar a rebajar la cuota tributaria de la próxima declaración de renta".

Sobre ello, desde la OCU detallan que "la aportación a los planes de pensiones es interesante para quien obtiene rentas que provienen del trabajo, pero también de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles por las que tributan en el IRPF". En lo que a la planificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales se refiere "

Los especialistas de la OCU añaden que "Hacienda no permite la compensación de pérdidas generadas por donaciones. Por ello, para poder compensar esas pérdidas, OCU aconseja vender el bien y donar el dinero obtenido. Si el contribuyente quiere mantener una inversión, pero desea sacar a la luz fiscal sus pérdidas, OCU advierte que no se debe cometer el error de vender y recomprar, ya que la normativa impide aprovechar las pérdidas de recompras de 'valores homogéneos'".