Un oportuno cambio de criterio en la interpretación del convenio hará que el Gobierno de Navarra abone 6,28 millones de euros a Audenasa en compensación por los descuentos que se aplican en la autopista Tudela-Irurtzun. La decisión se ha tomado en contra del criterio del Interventor General del Gobierno de Navarra quien ha elaborado un informe que critica abiertamente la decisión de Hacienda y cifra el pago que correspondería a Audenasa (empresa semipública) en apenas 1,20 millones.

Audenasa está participada al 50% por el Gobierno de Navarra y al 50% por Itinere, una concesionaria privada que tiene o ha tenidod entre sus accionistas a Globalvía (FCC), a fondos de inversiones especializados en infraestructuras y entidades financieras como Kutxabank y Liberbank.

La discusión viene motivada por el abrupto descenso en el tráfico que ha motivado la pandemia. Las medidas de confinamiento y las restricciones a la movilidad han provocado que el tránsito de vehículos se desplome. Y, con ello, que se vean alteradas tanto las previsiones de ingresos de Audenasa como las compensaciones que el Gobierno de Navarra abona a la empresa debido a la política de descuentos que se aplica respecto a las tarifas oficiales.

Estos descuentos se calculan a partir de una compleja fórmula matemática que tiene en cuenta el incremento de viajeros a través de un coeficiente (1,65) y que, recuerda el interventor, se ha venido interpretando de la misma manera desde que en 1999 se firmó el convenio entre el Gobierno de Navarra y Audenasa: al alza cuando los viajeros han crecido y, a la baja, cuando se han reducido, tal y como sucedió entre 2008 y 2013, si bien de un modo mucho más paulatino.

Incremento literal y no variación

Esta vez la caída ha sido elevadísima. Y el Gobierno ha decidido atenerse a la literalidad del acuerdo, que habla de "incremento" y no de variación, por lo que el coeficiente se tiene en cuenta únicamente cuando el tráfico crece, eliminando de facto una parte relevante del riesgo propio de cualquier inversión.

Así, ya en mayo de 2020, el consejo de administración de Audenasa (50% Gobierno de Navarra y 50% Grupo Itinere) acordó la creación de un grupo de trabajo que analizase la situación y presentara una propuesta al Gobierno de Navarra. Este grupo decide dejar el coeficiente de incremento en 1, de tal modo que la compensación por los descuentos asciende a 6,2 millones de euros. "Este intervento general manifestó discrepancias sin llegar a manifestar ningún reparo.

La propuesta fue retirada por el órgano gestor y no presentada por el Gobierno de Navarra".

Sin embargo, el 23 de diciembre se presenta una orden foral que dispone el pago de 6,28 millones de euros. Hacienda considera que el coeficiente (1,65) no es de aplicación en 2020, al haberse producido un descenso en el número de viajeros y que, por lo tanto, debe aplicarse un coeficiente de 1. El interventor remite un "reparo suspensivo" por "no estar motivado ni lógica ni jurídicamente el cambio de criterio mantenido desde el origen del convenio hasta la actualidad".

Recurso de Audenasa

De ese modo, y tras ser aceptado el reparo, Hacienda ordena el pago de 1,2 millones de euros. Pero el 4 de febrero de 2021, Víctor Torres, en representación de Audenasa, interpone un recurso de alzada, que es aceptado por la Secretaría General de Hacienda. En su informe, Hacienda entiende que la interpretación del interventor "carece de lógica teniendo en cuenta el espíritu y la finalidad del convenio y conduce a un resultado absurdo y perjudicial para la concesionaria al multiplicar por 1,65 el ya de por sí importante descenso del tráfico".

Hacienda muestra así "su total disconformidad" con el informe del interventor y califica el cambio de criterio como "lógico y correcto, teniendo en cuenta el contexto, los antecedentes y la realidad".

El informe del interventor, sin embargo, recuerda que aplicar el coeficiente de incremento solo cuando aumenta el tráfico y no hacerlo cuando disminuye supone desvincular la evolución de los ingresos del tráfico real, "al amplificarse con los crecimientos pero no con las caídas". "Por tanto, una cosa sería compensar a la empresa concesionaria", para lo que el interventor plantea las ayudas públicas sin es que concurren los requisitos, y "otra muy distinta es modificar la aplicación del fórmula a un ejercicio concreto, con las consiguientes implicaciones para toda la vida de la concesión". Por ello, dice el informe, "la interpretación que pretende imponer la empresa recurrente al margen de todo procedimiento excede con mucho lo que constituiría una interpretación extensiva de las correspondientes cláusulas contractuales".