bajeras. Un concepto que inspira impresiones muy distintas según la perspectiva desde la que uno se encuentre. Para los jóvenes, supone un espacio de ocio y descanso particular, muy recurrido en las localidades navarras debido a un clima inestable y al precio de las consumiciones, entre otras razones. Para los vecinos de las viviendas más cercanas, suele provocar un sentimiento de inquietud ante las posibles molestias que dicha convivencia conlleve. Como mediadores se encuentran los ayuntamientos que, mediante ordenanzas reguladoras, aspiran a "conciliar el uso de los locales destinados a centros de reunión con los derechos del vecindario".

Hace un par de semanas se dio a conocer por parte del Ayuntamiento de Pamplona la obligatoriedad de dotar a las bajeras de "un aislamiento acústico mínimo de 55 dB". Según los concejales que anunciaron esta medida, se trata de alcanzar "un equilibrio de intereses" entre residentes y usuarios. Solo en Pamplona hay más de 200 bajeras registradas y no es la primera vez que se alude a los problemas de convivencia que se dan en la ciudad. Dificultades también extensibles al resto de la comarca. Dentro de la capital navarra, en febrero de este año, los vecinos de la Milagrosa denunciaban las molestias que los inquilinos de las bajeras de la zona ocasionaban. Hace poco más de un mes, el alcalde de Noáin, Miguel Elizari (UPN), advertía de que aquellas bajeras que "están molestando", si en 90 días no se adaptaban a la ordenanza vigente, serían clausuradas.

los límites

Licencias y ordenanzas

Ayuntamientos como Pamplona, Villava-Atarrabia, Barañáin, Noáin, Huarte, Zizur Mayor, Berriozar o Ansoáin mantienen una normativa al respecto. A pesar de sus diferencias, guardan similitud en varios puntos. En Burlada, en cambio, no hay una ordenanza que contemple el uso de estos locales para jóvenes. En el caso de Ansoáin, este permiso correspondería con una licencia de apertura de primera instalación y en Pamplona se concedería una licencia de modificación de uso para locales de reunión de jóvenes.

En líneas generales, el primer paso para optar al uso de una bajera es obtener una autorización administrativa de funcionamiento o licencia de uso. Aquellos que soliciten este permiso deben entregar, en primer lugar, información técnica tanto de las condiciones del local como personal de los futuros usuarios. Asimismo, se exige que un técnico municipal certifique las condiciones de las instalaciones. En el caso de Villava, se incluye un Acuerdo de convivencia. Esta iniciativa consiste en que a "los vecinos de los primeros pisos de cada comunidad y el presidente de la misma [...] se les invitará a mantener una o varias reuniones con los representantes del local" para alcanzar dicho acuerdo.

Dentro de las ordenanzas municipales y licencias se exigen una serie de dotaciones mínimas y limitaciones de uso de estos espacios. Suministro de agua corriente y energía eléctrica, un aseo cerrado, ventilación y medidas de prevención de incendios son las principales exigencias. En cuanto a las prohibiciones, se coincide en no permitir que se instale una cocina, no sacar mobiliario a la calle, respetar el nivel de ruido o no poder realizar ningún tipo de comercio, por citar algunas de las limitaciones. En concreto, la ordenanza de Noáin añade que "no podrá disponer de futbolines, juego de ping-pong u otros juegos que produzcan ruidos de estas características" y concreta que "siempre que haya un aparato de sonido en funcionamiento, deberán permanecer puertas y ventanas cerradas a partir de las 22.00 horas". Barañáin dispone que el límite de emisión acústica, "en el caso de disponer de televisión y/o equipo de música", de 30 dBA a partir de las 22.00 horas. Por su parte, en Villava, Berriozar, Barañáin y Zizur Mayor, las ordenanzas especifican que "se prohibe la utilización de los locales de reunión que tengan miembros en edad escolar, dentro del horario escolar, incluidos los recreos".

las infracciones

Multa o cierre

En el capítulo de las infracciones (de carácter leve, grave y muy grave), así como de las sanciones consecuentes, la mayoría se asemejan. Dentro de las leves, sacar mobiliario a la calle o no actualizar la documentación pertinente. Las graves se considera, entre otras, el "incumplimiento del nivel de aforo", "tener animales por la noche o durante el día sin compañía" o "no mantener las ventanas y puertas cerradas en caso de contar con música". Las infracciones muy graves abarcan desde "almacenar productos inflamables", "subarrendar el local" o "eliminar las dotaciones mínimas establecidas", entre otras. Respecto a las sanciones, éstas pasan por el cierre temporal, clausura definitiva del local o de carácter económico. En este punto, cada municipio marca las cuantías. En Barañáin rondan entre los 3.000 euros por infracciones muy graves y los 750 por leves. En Huarte, aquellas infracciones de límites sonoros se establecen en "una sanción de 60,10 euros a 120,20 euros en el caso de las leves, de 120,21 a 240,40 euros en las graves y de 240,41 euros a 420,71 euros en las muy graves". También el incumplimiento del nivel de ruido se contempla en Villava, con "una sanción de hasta 100 euros en el caso de las leves, de 101 a 300 euros en las graves y de 301 euros a 3.000 en las muy graves". En Noáin, "el mínimo en el caso de sanciones leves será de 300 euros, en el caso de graves 600 euros y en el caso de muy graves 1.500 euros". Según la ordenanza de Villava, "las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros y/o apercibimiento de cierre, las infracciones graves serán sancionadas con multa de 101 a 300 euros y/o suspensión de la autorización con cierre temporal y las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 301 a 3.000 euros y/o revocación de la licencia, clausura y cierre definitivo del local".

El propósito de estos requisitos, tal y como se repite en varias de las ordenanzas, es "garantizar que los locales destinados a centros de reunión tengan las condiciones mínimas de seguridad e higiene y que eviten las molestias y riesgos para los usuarios y para el vecindario".