Un juez obliga al Ayuntamiento de Pamplona a recolocar en "lugar preferente" la bandera española y la foto del rey en el salón de plenos
El magistrado afirma que la nueva ubicación de dichos símbolos, situados al fondo del salón de plenos, no alcanza la exigencia de preferencia legalmente exigida
PAMPLONA. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 ha condenado al Ayuntamiento de Pamplona a recolocar en un lugar “preferente” las banderas oficiales y el retrato del rey dentro del salón de plenos del consistorio. La sentencia puede ser recurrida.
Este pleito tiene su origen en una demanda interpuesta por la Abogacía del Estado contra la decisión del consistorio pamplonés de cambiar la colocación de la efigie del Rey y de las banderas oficiales, desplazándolas desde el lugar preferente que ocupaban hasta un rincón del salón de plenos ajeno a la presidencia del mismo. Consideraba dicha actuación contraria a Derecho por razón de que la legislación exige que la bandera de España ocupe un lugar preferente, visible y de honor en el interior de los edificios públicos; y por razón de que igualmente la ley exige la colocación del retrato del Rey en lugar preferente del salón de sesiones.
El Ayuntamiento, por su parte, defendió los cambios operados en el salón de plenos. Explicó que los mismos obedecían a cuestiones de comodidad y ornato. Así, indicaba que el espacio existente detrás de la presidencia no permite la colocación de retrato alguno, y resulta muy angosto para ubicar las banderas oficiales. Alegaba además que la ley no exige que las banderas oficiales hayan de colocarse, dentro de un consistorio, necesariamente en el salón de plenos del mismo al existir otros lugares de igual importancia como el salón de la junta de gobierno local o el despacho del alcalde.
Sentado lo anterior, el juez estima que el análisis que se exige en este caso resulta esencialmente subjetivo. Se trata de considerar si la actual ubicación de las banderas oficiales y del retrato del Rey es o no preferente dentro del salón de plenos, sin que exista ninguna norma legal que precise y concrete qué es “lugar preferente”.
La nueva ubicación para dichos símbolos, según describe el magistrado, se halla en un lado del fondo de dicho salón, tal y como consta en la prueba documental gráfica. La nueva ubicación de los símbolos que nos ocupan se encuentra en el fondo, esto es, detrás del espacio para el público; y en la esquina del mismo coincidente con el lateral en que se encuentra la puerta de acceso.
“Estimo que esa ubicación no puede ser considerada como preferente en relación con el conjunto del salón de plenos”, asegura el juez, quien añade que la preferencia implica una nota de primacía y preponderancia. La preferencia, continúa, se define en el diccionario de la RAE como primacía, ventaja o mayoría que alguien o algo tiene sobre otra persona o cosa, ya en el valor, ya en el merecimiento.
“La colocación de los símbolos en el fondo del salón, de espaldas al público y en el lateral menos visible desde la entrada no alcanza esas exigencias de preferencia legalmente exigidas, más todavía cuando la documentación aportada revela que la puerta de acceso bate precisamente hacia ese fondo, de modo que para la persona que accede al interior de la sala las banderas y el retrato quedan visualmente ocultas por la hoja de la puerta”, recalca.
Para el magistrado, las alegaciones relativas a que los cambios se han ejecutado por razones de comodidad y ornato tampoco pueden admitirse, pues la autonomía municipal, a la que alude el Ayuntamiento demandado, no puede fundamentar en tales cuestiones accesorias una contravención de la legalidad.
Es más, agrega, en cuanto a la incomodidad de la ubicación anterior de las banderas, situadas en una de las esquinas del frente del salón de plenos, entre la mesa presidencia y una de las mesas de concejales, cabe destacar que si en la práctica esa ubicación se ha mantenido en años anteriores ha sido porque no generaba imposibilidad de tránsito.
Ahora bien, a los efectos de una posible futura ejecución, en caso de ganar firmeza este pronunciamiento, el juez apunta que conviene dejar claro también que la condena al Ayuntamiento se limita a la recolocación de los símbolos en un lugar que sí pueda ser considerado preferente, lo que no implica forzosamente que se reubiquen en los mismos lugares en que se encontraban con anterioridad al cambio.
El Ayuntamiento de Pamplona recurrirá la sentencia sobre la colocación de las banderas oficiales y el retrato del rey
El Ayuntamiento de Pamplona va a recurrir la sentencia del Juzgado número 1 de lo Contencioso - Administrativo de Pamplona que obliga a recolocar en un lugar "preferente" del Salón de Plenos de la Casa Consistorial las banderas oficiales y el retrato del Rey. Siguiendo la propuesta de los servicios jurídicos municipales, el Ayuntamiento de Pamplona recurrirá la sentencia, ya que considera que su actuación fue conforme a derecho.
El Ayuntamiento, ha indicado en un comunicado, "no comparte el pronunciamiento del juzgado en cuanto que no determina cuáles son los lugares preferentes del Consistorio y cuáles no, lo que produce inseguridad jurídica". La sentencia estima la demanda interpuesta por la Abogacía del Estado "en la consideración de que la nueva ubicación de los símbolos aquí discutidos no se ajusta a la exigencia legal de ocupar un espacio preferente".Asimismo, matiza que "la ubicación actual no es preferente y ha de ser modificada, pero no ha de corresponderse imperativa y necesariamente con la ubicación anterior porque esta última no representa en modo exclusivo y excluyente la nota de preferencia para la colocación de símbolos".
El Ayuntamiento de Pamplona considera, además, que "con esta sentencia se invade la autonomía municipal sobre los cambios de decoración y ornamentación en el Salón del Plenos".En septiembre del pasado año, ha añadido el Consistorio, se modificó la decoración del Salón de Plenos del Ayuntamiento de Pamplona.
Las banderas oficiales de Pamplona, Navarra, España y Europa ubicadas hasta entonces a la izquierda de la Presidencia del Pleno se colocaron frente a la presidencia de la sala."A esa zona se trasladó también el retrato del Rey Felipe VI, antes ubicado frente a la puerta de entrada al salón. También se quitó un crucifijo de marfil. El salón se decoró con cuatro cuadros con los paños y banderolas que portaban los timbales y clarines, que datan del XVIII", ha expuesto.
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