El Ayuntamiento de Tudela aprobó este lunes, con los votos a favor de UPN y PP, la abstención del PSN y la oposición de Contigo Tudela, la conversión de diversas infracciones de la ordenanza de conductas cívicas en faltas graves, entre las que destacan la colocación de carteles fuera de los sitios marcados o la realización de grafitis. Se endurece esta ordenanza que lleva pocos años en funcionamiento. De esa manera, pone en marcha UPN lo que ya anunciara el pasado mes de abril.

La sanción, que pasa de leve a grave contempla la subida de las sanción con hasta 1.500 euros, cuando antes la sanción oscilaba entre los 100 y los 750 euros. De esa manera, según la ordenanza son infracciones graves y como tales podrán ser sancionadas con cantidades que podrían oscilar entre 751 y 1.500. El mismo efecto tendrá esparcir o tirar folletos, octavillas, flyers o cualquier tipo de propaganda o publicidad en espacios públicos, no así el arrojar arroz o confeti en las celebraciones. La asociación Yala Ribera, contra el genocidio en Gaza, ya ha sufrido sanciones por esta ordenanza.

Esta misma semana se pueden ver carteles colocados fuera de sitio de la instalación del paseo del Queiles del Roadshow itinerante del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España para promover la ciberseguridad y que apoya el propio Consistorio tudelano

Es llamativo el incremento de esta sanción ya que no en pocos lugares se colocan carteles para actos que están promovidos o incluso anunciados y auspiciados por el Ayuntamiento y también se han visto en ocasiones de la Mancomunidad de Residuos de la Ribera. Como ejemplo, esta misma semana se pueden ver carteles de la instalación situada en el paseo del Queiles del Roadshow itinerante del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE) para promover la ciberseguridad entre la ciudadanía y que apoya y ha anunciado el propio Consistorio tudelano.

Hay que recordar que esta misma ordenanza establece la posibilidad de que el Consistorio estime la posibilidad de redimir parte de la sanción con trabajos a favor de la comunidad.

Otras sanciones

En este sentido, también se endurecen las sanciones para otras infracciones, que también pasan de leves a graves, con un aumento de la multa de 100 a 750, que eran antes para pasar a multar con entre 751 y 1.500 euros. Entre ellas destacan la realización de pintadas, grafismos o murales en lugares públicos o en fachadas de uso particular visibles desde la vía pública, así como no recoger de inmediato los excrementos de los animales de compañía.

Además, dentro de esta ordenanza se ha añadido la inclusión de la figura de Zona Acústicamente Saturada en el artículo 20, para reforzar la lucha contra el ruido y que, aunque si existía en otra ordenanza, no aparecía en ésta.

Pintada en el paseo del Queiles de Tudela. Fermín Pérez Nievas

Asimismo se ha endurecido los artículos que hacen referencia a los animales de compañía y su presencia en la calle ya que se ha añadido una nueva regulación para quienes pasean a sus mascotas al estar obligados a partir de ahora a llevar bolsas para excrementos sino también a portar agua para diluir la orina en la vía pública, algo que les podrán exigir los agentes municipales y de no hacerlo podría ser considerado una sanción que impondría la Policía Municipal.

Quienes pasean a sus mascotas al estar obligados a partir de ahora a llevar bolsas para excrementos sino también a portar agua para diluir la orina en la vía pública, bajo amenaza de sanción.

Curiosidades

Hay que recordar que esta ordenanza establece un sinfín de aspectos que ha de seguir la ciudadanía, algunos de difícil cumplimiento, pero también de difícil sanción. Dentro de estas últimas se encuentran algunas con la prohibición de tender ropa en el balcón o dejar diversos objetos almacenados en los mismos, según reza este artículo “no se puede colocar ropa tendida en balcones, terrazas o azoteas, de tal manera que pueda ser vista desde la calle, excepto para aquellas viviendas que estén imposibilitadas” que en ese caso deberán hacerlo “en las zonas menos visibles”. Tampoco está permitido el depósito en balcones “de materiales, enseres o muebles que perjudiquen la estética del edificio”.