aunque la reforma del Fuero Nuevo era necesaria a todas luces para actualizar el código civil navarro, ya que se había quedado anclado en el concepto patriarcal imperante en la fecha de su redacción (1973), mientras que a partir de ahora reconocerá, como es lógico, todo tipo de uniones matrimoniales y hechos familiares, y suprimirá cualquier prevalencia del hombre sobre la mujer, quisiera, sin cuestionar más que en este punto concreto el formidable trabajo del Consejo Asesor que la ha hecho posible, lamentar profundamente la propuesta de desaparición de la expresión “cinco sueldos febles o carlines por bienes muebles y una robada de tierra en los montes comunes por inmuebles”, que definía desde hace siglos la legítima foral.

No deploro desde luego ese cambio por razones jurídicas, porque admito ser absolutamente lego en leyes, sino por motivaciones emotivas, políticas e históricas, porque resulta que esa fórmula alude a las piezas de menor valor acuñadas por el rey Carlos II de Navarra (1350-1387), uno de los máximos exponentes, por cierto, de nuestra numismática. Y no deja de parecerme una triste y desafortunada coincidencia que justo en el momento en que ¡por fin! va a recuperarse la exposición permanente de uno de nuestros mayores tesoros en el Museo de Navarra, el que supone además uno de los rasgos máximos de soberanía de cualquier pueblo: sus monedas, sea el Consejo encargado de reformar el Fuero Nuevo quien haya decidido eliminar de un plumazo de nuestra compilación civil ese último y mínimo -pero muy simbólico- recuerdo de cuando Navarra tenía capacidad de emitir moneda porque era un Estado soberano.

Da la casualidad de que ahora mismo se están produciendo también los mayores ataques al Régimen Foral por parte de partidos políticos que no cesan de repetir que eliminarán totalmente lo poco que de nuestra legislación nos queda. ¿Y vamos a ayudarles desde dentro arrinconando por propia voluntad una expresión que nos distinguía desde hace siglos, para basar toda nuestra defensa legal en la ingenua confianza de que esos mismos grupos de presión respetarán siempre la disposición adicional primera de una Constitución que también amenazan con enmendar -empezando por la Disposición Transitoria Cuarta- a la mayor brevedad posible? Lo cierto es que, por si acaso, yo preferiría poder contar con hasta el más exiguo testimonio de nuestro pasado en el que podamos reconocernos.

Y para quien -haciendo gala de crasa ignorancia- piense que todo esto no tiene importancia alguna (evidentemente tan solo la que queramos darle), o incluso que no es más que un vestigio franquista, porque al fin y al cabo el Fuero Nuevo se redactó en vida del dictador, tengo delante ahora mismo el testamento de la princesa Blanca de Navarra, la hermana del príncipe Carlos de Viana, que nada menos que el 30 de abril de 1462 escribió: “?mando y dejo a la dicha infanta Leonor, nuestra hermana, por legítima herencia, una arinzada de tierra blanca en el jardín de yuso que está en Olite, y con la dicha arinzada a una, treinta carlines en dineros”.

No. Desde luego yo no creo que lo más importante de este asunto sean solo los cinco carlines, por eso solicito respetuosamente al Parlamento de Navarra que en vez de pegarnos nosotros mismos un tiro en el pie eliminándolos de nuestro ordenamiento jurídico, mantengamos en el Fuero Nuevo esa expresión siquiera como aviso para navegantes.

El autor es historiador