Desde hace unos cuarenta años, además de los centros educativos públicos, los religiosos católicos (en Navarra Jesuitas, Sagrado Corazón, Escolapios, Ursulinas, Maristas, Salesianos, etcétera) se fueron convirtiendo en colegios mixtos con esfuerzo, pero sin mayores problemas. El fin de la enseñanza franquista y el Concilio Vaticano II de la Iglesia Católica influyeron decisivamente.

Sólo unos pocos centros han seguido con una organización contraria a lo establecido en la Ley Orgánica que regula la educación en centros públicos y privados concertados. Esa Ley, establece que “en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo…”. Ya en su preámbulo adopta un “enfoque de igualdad de género a través de la coeducación”. Coeducar, según el diccionario, es “enseñar en una misma aula y con un mismo sistema educativo a alumnos de uno y otro sexo”. Es decir, la llamada enseñanza diferenciada viene a ser la que segrega a los niños de las niñas. Quienes conocen mínimamente el funcionamiento de estos colegios, que en Navarra están todos vinculados al Opus Dei (OD), observarán que también segregan por el mismo criterio a profesorado y personal de administración.

Estos colegios “diferenciados” han venido cobrando la subvención reservada a los centros concertados mixtos. ¿Cómo? Por ejemplo, declarando que Redín-Miravalles es un solo colegio, aunque estudiantes de distinto sexo estén separados por kilómetros y en distintos municipios. Esta triquiñuela les ha servido, con apoyos políticos y judiciales, para cobrar la subvención de la enseñanza concertada, sin cumplir las condiciones necesarias para ello. Algo parecido ocurre con Irabia-Izaga. El truco y su aprovechamiento parecen un claro ejemplo de lo que los juristas llaman “fraude de ley”.

Esto da pie a pensar que el verdadero motivo de la segregación por sexo no obedece a un modelo pedagógico. Por ejemplo, ¿qué inconveniente habría para que niños y adolescentes tuvieran profesoras y las niñas profesores? Además, no se tienen noticias de que existan currículos distintos según el sexo de estudiantes y profesorado. En la elección de los progenitores el “modelo de enseñanza”, es más segregación por sexo.

Algunos hechos pueden ayudar a buscar explicaciones plausibles a la promoción y poderosa protección de la subvención a la “enseñanza diferenciada”.

Quienes estén interesados en conocer las normas internas del OD encuentran, además de los enlaces difundidos por la propia organización, páginas web como opuslibros.org, de carácter eminentemente cristiano y católico, en la que bajo el lema “Gracias a Dios nos fuimos”, ex miembros del OD han vertido miles de testimonios fidedignos de sus experiencias en la obra, así como 46 “documentos internos, clave para entender el Opus Dei” que publicaron en su día y que plasman esas normas. Quien quiera acceder a ellos, se encontrará con el siguiente mensaje: “Tras la demanda de la prelatura del Opus Dei y de Scriptor S.A., alegando derechos de autor, esta obra se ha retirado en cumplimiento de la sentencia de la magistrada Doña Olga Martín Alonso, del Juzgado nº 10 de lo Mercantil de Madrid”.

A pesar del celo de la jueza Doña Olga, las páginas web de otros países recogen esos documentos, que son fácilmente localizables para cualquiera que lo intente.

Así se encuentra el “Reglamento”, debido a su santo fundador, Josemaría Escrivá, que establece que: “El Opus Dei no tiene actividades exteriores de ningún género… Todos los trabajos apostólicos de los socios del Opus Dei se ejercitarán inmediatamente a través de las actividades oficiales públicas, o mediante asociaciones legales que oportunamente constituirán los socios”. Esto puede explicar que los socios del OD siempre afirmen que sus colegios, centros, clubes y universidad “no son del Opus Dei”.

El Opus, al igual que todas las congregaciones católicas, acusa una profunda crisis para captar nuevos miembros. Y esto puede tener relación con el problema que nos ocupa.

Parece ser que actualmente apenas hay nuevas incorporaciones de adultos que ejerzan su profesión fuera de la enseñanza. Las actuales son de jóvenes provenientes de sus centros educativos y clubes asociados que, si al acabar la carrera perseveran en la obra con estatus numerario, se ven con frecuencia impelidos a ser profesorado de sus colegios, en buena parte socio del OD. Pero aquí se sigue al pie de la letra el dicho que su santo fundador, Josemaría Escrivá, con deje baturro, dejó para sus “hijos”: “entre santa y santo, pared de cal y canto”. Así pues, cabe pensar que quienes dirigen el OD consideren incompatible con el estilo numerario de vida la convivencia laboral de hombres y mujeres en sus colegios.

El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, aplicando la Ley vigente, decidió extinguir el concierto a estos colegios que no estaban cumpliendo la ley, manteniendo a sus estudiantes, salvo en las primeras edades infantiles, en aulas separadas por sexo. PP, UPN y Vox vieron en esta decisión un “ataque frontal a la libertad de elección”. Los colegios optaron por recurrir.

A pesar de que el Tribunal Constitucional ha respaldado que las administraciones no financien a los centros que segregan por sexo, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha decidido la suspensión cautelar del concierto, entre otras consideraciones porque ésta supondría adaptarse a “un nuevo modelo de educación mixta”. Extraña concepción de lo que es “nuevo” para tan alto tribunal.

No hay modelo pedagógico peculiar ni falta de libertad, porque podrían mantener la separación de sexos en sus colegios sin concierto económico. Lo que hay es el abuso del dinero de todos; de los presupuestos de Navarra.