Ante las últimas novedades sobre la situación de los procesos de provisión de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención de las Entidades Locales de Navarra, tras haber conocido que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha decidido plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre algunos apartados de la Ley Foral 16/2022 que dio inicio a estos procesos, queremos manifestar algunas cuestiones.

En primer lugar, las personas que decidimos plantear el recurso que a día de hoy mantiene en suspenso la resolución de los procesos somos plenamente conscientes, como el resto de nuestros compañeros y compañeras, de la importancia de acabar con la interinidad en los puestos de Secretaría e Intervención de los Ayuntamientos y Agrupaciones de Navarra. Sin embargo, como ha sido puesto reiteradamente de manifiesto tanto por nuestra parte como por el TSJ de Navarra, esto no puede hacerse a cualquier precio ni a costa de la vulneración de un derecho fundamental como es el principio de libre acceso en condiciones de igualdad a la función pública.

Hay que aclarar también que los 9 recurrentes únicamente hemos cuestionado una de las cuatro convocatorias del proceso en su conjunto, y así lo ha estimado cautelarmente el Tribunal, suspendiendo únicamente la tramitación del concurso de méritos, mientras que el concurso de traslados y el concurso oposición convocados, han seguido su curso y no son objeto de la cuestión de inconstitucionalidad.

Decimos esto porque hay casi 50 plazas que debían cubrirse a través del concurso de traslados y el concurso oposición libre que si no son cubiertas, es únicamente responsabilidad de una Ley que por motivos incomprensibles decidió vincular las tomas de posesión de los tres procesos “por razones de eficacia administrativa”. Razones que la ley no explica, razones que parecen apuntar a la voluntad de evitar movimientos innecesarios del personal entre plazas, pero razones que han sido durante décadas consentidas y fomentadas por el Gobierno de Navarra al no cumplir con su obligación de promover la cobertura de las plazas por los cauces legalmente establecidos.

Sorprende y duele, que tras 40 años de inacción por parte del Gobierno de Navarra y pasividad de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, nos veamos ahora señalados como los responsables de una situación que en absoluto es de nuestro agrado, y que además siempre hemos tratado de evitar, a la vista está, sin éxito.

Conviene recordar que antes de la aprobación de la Ley Foral 16/2022, varias de las personas recurrentes se reunieron en el Parlamento con los grupos políticos, advirtiéndoles de los problemas de constitucionalidad que suponía convocar un elevadísimo número de plazas a través de un concurso de méritos que de facto suponía la exclusión de muchos aspirantes. El mero visionado del debate parlamentario previo a la aprobación de la ley deja claramente a la vista que esta ley fue aprobada con plena consciencia de los visos de inconstitucionalidad de que adolecía la norma, en un ejercicio de imprudencia política que estaba destinado al fracaso.

Tras la aprobación de la Ley Foral, los recurrentes interpusimos los correspondientes recursos ante el Gobierno de Navarra, exponiendo de forma clara y fundamentada las razones por las que la ley no iba a superar el filtro de constitucionalidad, en caso de no rectificar. No nos guardamos nada, y el Gobierno de Navarra, pudiendo evitar la judicialización de un asunto que no podía desconocer que iba a ser complicado defender ante un tribunal, decidió seguir adelante con todas las consecuencias.

No nos cabe duda de que si el Tribunal Superior de Justicia (en pleno, reunidos todos los magistrados) no hubiera acordado la suspensión cautelar de la convocatoria de méritos, el Gobierno de Navarra habría seguido adelante con la convocatoria aún habiéndose planteado después una cuestión de inconstitucionalidad. Pero este hecho, la suspensión de un proceso de empleo público de tanta importancia (hecho excepcional por parte de los tribunales), unido a la cuestión de inconstitucionalidad, pone de manifiesto que la responsabilidad de no haber hecho las cosas bien no es ni de los recurrentes, ni del resto de personas que han participado en los procesos selectivos, incluidos aquellos compañeros y compañeras que desde hace años y décadas sufren los efectos de la interinidad, ni tampoco de los Ayuntamientos y demás entidades locales afectadas.

La responsabilidad es única y exclusivamente atribuible al Gobierno de Navarra y a un Departamento que se dejó llevar por las reivindicaciones (legítimas) de una parte de los profesionales interesados, diseñando un proceso de acceso a los puestos de Secretaría e Intervención que, lamentablemente y como se les advirtió por activa y por pasiva, no respetaba las mínimas garantías de igualdad, mérito y capacidad que son ineludibles en cualquier convocatoria de empleo público.

Firman este artículo: Alvaro Marcén Echandi, Rosa Ferrer García, Francisco Javier Pérez Azagra, Esther Salazar Cameros, Cristina Montes Chivite, Jorge Camino Unzu, Amaya Ayala Mateo, María Ortega Aicua, Iñaki Andía Garcés Grupo de recurrentes de los procesos de estabilización de los puestos de Secretaría e Intervención de las entidades locales de Navarra