Pamplona rebajará el gravamen de la contribución al mínimo legal para amortiguar las subidas de 2025
El Ayuntamiento congela todas las tasas y aplicará bonificaciones de hasta el 90%
El Ayuntamiento de Pamplona congelará todas las tasas municipales para 2025 y rebajará el gravamen de la contribución al mínimo legal para amortiguar las subidas que se aplicarán el año que viene en todos los barrios al poner al día el valor de los bienes inmuebles que contiene la ciudad.
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La medida viene con un retraso de 25 años, el tiempo transcurrido desde la última actualización de la ponencia de valoración catastral pese a la obligación legal de hacerlo cada 5 años, y según las estimaciones de la empresa pública Tracasa, por cada año que se ha incumplido la ley el Ayuntamiento habría dejado de ingresar e invertir 10 millones de euros.
Como UPN evitó poner al día el valor de los bienes inmuebles de Pamplona e incluso llegó a ocultar un informe de Tracasa que hubiera permitido aplicarlo desde la pasada legislatura, la tarea ha correspondido al nuevo equipo de Gobierno que dirige la ciudad desde la moción de censura.
Así lo ha anunciado este lunes en rueda de prensa la concejala delegada de Hacienda y Contratación Pública Responsable y de Recursos Humanos, Garbiñe Bueno, al término de la Junta de Gobierno Local, donde se ha aprobado el proyecto de modificación de ordenanzas fiscales y normas reguladoras de precios públicos para el año 2025.
Dada la diversidad de supuestos, la representante de EH Bildu ha evitado dar cifras concretas de lo que supondrá a los bolsillos de los pamploneses la subida de la contribución, pero confirmó que los nuevos valores catastrales suben un 90% de media en el conjunto de la ciudad.
Para contener la subida, el Ayuntamiento ha optado por rebajar el tipo de gravamen al mínimo legal establecido (0,25%). En el caso de un piso que viera incrementado su valor catastral en torno al 120%, aplicando el actual tipo de gravamen (0,39%), la contribución le subiría a la persona o entidad propietaria un 120% (justo el incremento del valor catastral), mientras que si se aplica el mínimo legal (0,25%), la subida se laminaría hasta un 38%.
Pamplona: 25 años sin actualizar el catastro dejarán una subida del 31% de la contribución
En términos monetarios, si un propietario paga en la actualidad 170 euros de contribución anual por un piso cuyo valor catastral sube un 120%, si se mantiene el tipo actual esa persona pagaría lo mismo que está pagando ahora más un 120% (en este ejemplo, 374 euros). Sin embargo, si se rebaja el gravamen al 0,25% esa subida final, pese al incremento del valor catastral, se lamina hasta el 38% (es decir, 234,6 euros).
Cabe recordar que la contribución se aplica por inmuebles, parcelas, naves o construcciones individuales y no por zonas ni barrios.
El valor catastral sube en todos los barrios
El nuevo documento que maneja el Ayuntamiento prevé incrementos en el valor catastral que oscilan entre el 52,86%, en el I Ensanche y el 147,56% en el Casco Viejo, que es donde más aumenta el valor catastral.
En otros cinco los incrementos superan el 100%: Rochapea (con incrementos del 116,05%), San Jorge (donde aumenta un 114,98%), Buztintxuri (con 114,47% de subida), Txantrea (un 108,69%) y Mendillorri (un 108,16%).
Frente a estas zonas, donde el desfase entre el valor catastral actual y el nuevo supera el 100%, existen varios barrios con unos incrementos más moderados. En concreto, esa situación se da en el I Ensanche (con un aumento del valor catastral de 52,86%) y el II Ensanche (donde el incremento es del 63,29%) y, en menor medida en Ermitagaña (78,43%), Arrosadía (80,69%), Erripagaña (82,57%) y Etxabakoitz (86,83%).
En el resto de la ciudad, los incrementos varían entre el 90 y el 100%, como ocurre en Azpilagaña (91,66%), Milagrosa (92,54%), Ezkaba (92,52%), Lezkairu (95,16%), Iturrama (95,41%) y San Juan (99,15%).
Según los informes elaborados por la empresa pública Tracasa (autora de la nueva ponencia de valoración), el conjunto de bienes inmuebles y terrenos de Pamplona estarían valorados en la actualidad en 19.668,7 millones de euros, frente a los 10.309,1 millones recogidos en la anterior Ponencia de Valoración, realizada hace 25 años.
Son esos datos, los de 1998, los que se siguen utilizando a día de hoy para calcular la contribución, pese a que la Ley Foral 12/2006 obliga a que la ponencia se actualice al menos una vez cada 5 años.
No obstante, en Pamplona este documento lleva sin actualizarse completamente cinco lustros y en ese periodo sólo se han llevado a cabo dos actualizaciones parciales, en 2006 y 2016, que han sido insuficientes para regularizar la situación y adecuar la capacidad de ingresos del Ayuntamiento a la realidad de la ciudad.
Menos ingresos
Los efectos prácticos de no cumplir con la obligación de actualizar esta ponencia es que se reduce notablemente la capacidad de ingresos directos del Ayuntamiento (en muchos inmuebles la contribución que pagan sus titulares es la misma desde hace 25 años), lo que lastra las posibilidades de gasto e inversión pública, limita la cartera de servicios y refuerza la dependencia de las transferencias de capital de otras administraciones.
Además, existe una grave consecuencia a nivel social: Pamplona, último de los grandes núcleos urbanos en los que no se había actualizado la Ponencia de Valoración, no puede aplicar las bonificaciones que contempla la ley tributaria en Navarra para ayudar a las rentas más bajas.
Y es que esa legislación (Ley Foral de Haciendas Locales) establece la posibilidad de que los entes locales puedan bonificar hasta el 90% de la contribución urbana a quienes menos tienen, siempre y cuando se aplique esa bonificación a su vivienda habitual.
Bonificación de hasta el 90% para determinadas situaciones personales y familiares
Gracias a la actualización, las familias numerosas, familias monoparentales o en situación de monoparentalidad y perceptores de pensiones no contributivas, de Renta Garantizada o de Ingreso Mínimo Vital gozarán de una bonificación en la contribución de hasta el 90% en la cuota de impuesto, cuando se trate de la vivienda que constituya el domicilio habitual. La aplicación de la bonificación estará sujeta a que todas las rentas del sujeto pasivo, excluidas las exentas, no superen cuatro veces el Salario Mínimo Interprofesional. En función de esa proporcionalidad del SMI, la bonificación oscilará entre el 10% y el 90%.
La bonificación tiene carácter rogado y solo será aplicable para un bien inmueble de cada titular de este beneficio fiscal. Tendrá validez únicamente en el ejercicio en que sea otorgada y deberá ser solicitada entre el 1 de enero y el 31 de enero del periodo impositivo en el que hay de surtir efecto. Será requisito para declarar la aplicación de las bonificaciones reguladas en la ordenanza que los sujetos pasivos se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pamplona.
La entrada en vigor de los artículos que recogen las bonificaciones y el tipo de gravamen estará condicionada, según se recoge en una disposición adicional de la ordenanza, a la aprobación y registro en la aplicación informática de gestión del catastro de los valores catastrales contenidos en la Ponencia de Valoración que actualmente se encuentra en tramitación. En el supuesto de que no se pudieran aplicar los nuevos valores catastrales por falta de aprobación y registro a fecha 1 de enero de 2025, se mantendrá el tipo impositivo vigente en 2024, incrementado en un 3%, y no entrará en vigor la bonificación a familias numerosas, familias monoparentales o en situación de monoparentalidad y perceptores de pensiones no contributivas, de Renta Garantizada o de Ingreso Mínimo Vital.
Incidencia de la Ponencia de Valoración en otras ordenanzas fiscales
La ordenanza fiscal 1, sobre la contribución territorial, también recoge bonificaciones para bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento término o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables. La nueva redacción de la ordenanza establece como requisito que se hayan instalado durante los tres periodos impositivos siguientes al de la legalización de la instalación. La ordenanza unifica el porcentaje de bonificación en un 50% y el procedimiento de gestión de la concesión.
La próxima aprobación definitiva de la Ponencia de Valoración afecta a otras ordenanzas fiscales, que adaptarán sus tasas a las nuevas zonas de valor que se establecen. Pamplona se divide en 19 zonas fiscales, con diferentes regímenes, tasas o porcentajes según el concepto. Se propone la modificación de los anexos de la ordenanza fiscal 19 que regula las tasas por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase y de la ordenanza fiscal 20 que establece las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.
Por último, se propone una nueva redacción del título de la ordenanza fiscal 21, que pasa a llamarse ordenanza reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios de suministros. La nueva denominación incluye el concepto de tasas por utilización privativa, que no se menciona en la actual ordenanza.
El 67% del valor catastral de la ciudad son pisos
Al margen de determinar el valor catastral por zonas y calles, la Ponencia de Valoración presentada este año permite conocer las características de los bienes inmuebles que contiene la ciudad y de los que proviene su valor. En este sentido, el 67% del valor catastral de Pamplona proviene de los pisos de viviendas, valorados en 13.060 millones de euros. Son, sin duda, el valor más cuantioso para la ciudad. Los inmuebles comerciales en edificios mixtos representan el 5% del valor catastral de la ciudad, con 994,4 millones. El suelo supone un 4%, valorado en 806,5 millones; y las oficinas, con 656,1 millones, el 3%.
Naves industriales (264,2 millones), almacenaje (129,6 millones), negocios de hostelería (374,8 millones), garajes (334,3 millones) o trasteros (77,7 millones) son algunos de los inmuebles valorados en la ponencia, en la que el suelo rústico apenas supone 5,3 millones.
26 años sin revisión
La Ponencia de Valoración es un documento técnico, que tiene por objeto establecer los métodos y parámetros técnicos que permiten asignar individualmente un valor a cada bien inmueble. Pamplona debía revisar su ponencia ya que la actual en vigor data de 1998 y la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra obliga a su revisión, entre otras causas, “cuando haya transcurrido un plazo máximo de cinco años desde su aprobación o desde su última revisión”. No obstante, en los más de 25 años transcurridos desde su aprobación, tan solo se han realizado dos revisiones parciales, una en 2006 y otra que culminó en el año 2016.
Pamplona: 25 años sin actualizar el catastro dejarán una subida del 31% de la contribución
Los datos recogidos en la Ponencia de Valoración son los que determinan los valores catastrales de los inmuebles y su repercusión en el impuesto de contribución urbana. Por ello, la ausencia de una ponencia actualizada genera problemas desde el punto de vista fiscal, tanto a las arcas municipales como a la propia ciudadanía, porque condiciona las bonificaciones en la contribución a las rentas más bajas. En este sentido, la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra fija la posibilidad de que los ayuntamientos puedan bonificar hasta el 90% de la contribución urbana a las rentas más bajas, siempre y cuando se hable de vivienda habitual.
Gratuidad de escuelas infantiles para el curso 2025 - 2026
La propuesta presentada esta mañana incluye también modificaciones en las normas fiscales para el próximo 2025. Se introducen cambios en cuatro de ellas, principalmente en la norma 6 de precios públicos por la prestación del Servicio de Atención a Domicilio. El ingreso del precio público se realizará por mensualidades vencidas dentro del mes siguiente al que corresponden los servicios prestados y no en los primeros quince días como hasta ahora.
Asimismo, se adapta la redacción de varios artículos para incluir especificidades del servicio relacionadas con el cálculo de la renta (introducción de la numeración de las casillas correspondientes del IRPF o la exclusión del cómputo de la Prestación Vinculada al Servicio) y con los gastos de contratación tanto de personal para mantenimiento del domicilio y atenciones personales como de estancia en los centros de día, en función de si perciben o no ayuda de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP).
Además, en la norma 2 sobre precios públicos por la utilización de instalaciones deportivas, se redondean los precios de las entradas y abonos para la temporada de verano en Aranzadi y San Jorge para facilitar así su cobro en efectivo. La norma 9 garantiza en su disposición transitoria la gratuidad del curso 2024 – 2025 e incluye referencia al curso 2025 – 2026, también gratuito, en las escuelas infantiles municipales.
Por último, en la norma 10 de precios públicos por entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo, social o de promoción de la salud, se modifica la tarifa de las actividades acuáticas para incluir un incremento del 30% debido a los costes añadidos que suponen aspectos específicos de esas actividades como el servicio de socorrismo, el tratamiento del agua o su calentamiento en las instalaciones climatizadas.
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