Pamplona - La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a la portavoz municipal Rita Maestre de la sentencia que la condenó al pago de una multa de 4.320 euros por manifestarse con el torso semidesnudo en la capilla de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en 2011 al entender que no hubo profanación.
En la sentencia, la Sección 16 de la Audiencia de Madrid estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la portavoz de Ahora Madrid y revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal 6 de Madrid, que la condenó como autora de un delito contra los sentimientos religiosos. Además, los magistrados, que han adoptado la decisión por unanimidad, recuerdan en su escrito que la sentencia es firme y por lo tanto no cabe interponer recurso.
Los hechos se remontan al 10 de marzo de 2011 cuando alrededor de las 13.00 horas, Maestre entró junto con un grupo de personas a la capilla del campus de Somosaguas e invadieron el espacio destinado al altar con intención, según manifestó la fiscal, de ofender los sentimientos religiosos de los allí presentes. Al terminar de leerlo, Maestre se quitó la camiseta, se quedó en sujetador y otras mujeres se desnudaron de cintura para arriba, mientras gritaban “Vamos a quemar la Conferencia Episcopal”, “Menos rosarios y más bolas chinas”, “Contra el Vaticano, poder clitoriano” y “Sacad vuestros rosarios de nuestros ovarios”.
En este sentido, el tribunal manifiesta que “aunque en ciertos ámbitos” el acto de protesta “puede ser valorado como claramente irrespetuoso en cuanto que se considere altera el silencio y el respeto exigible en el interior de una capilla donde en ese momento varios feligreses se encontraban orando” no concurre el “componente de profanación” exigible para que haya delito. Para que los hechos sean considerados delito “debe producirse un acto de profanación claro, directo, evidente y, por supuesto, físico, y no derivado del simple hecho de incumplir determinadas normas sociales, por mucho que ello pueda herir sentimientos religiosos de quienes profesan determinada religión”.
Maestre recibió su absolución “con mucha alegría y mucha tranquilidad” calificando la decisión del juez de “fantástica noticia para la Justicia y la libertad de expresión”. La edil señaló que el fallo corrobora lo defendido durante años, “que las protestas pacíficas son legítimas en democracia y que reivindicar en el año 2016 en un Estado aconfesional que las capillas no deberían tener espacio en universidades públicas es legítimo en un país democrático”. - D.N.