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La Audiencia Nacional confirma la absolución de Villarejo por el encargo de un empresario sobre Martinsa-Fadesa

Rechaza el recurso de la Fiscalía, reiterando que la actuación se desarrolló en un ámbito de servicios privados de investigación, al margen de funciones públicas policiales

La Audiencia Nacional confirma la absolución de Villarejo por el encargo de un empresario sobre Martinsa-FadesaMaricel Blanch

La Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la absolución del comisario jubilado José Manuel Villarejo por el 'proyecto Saving', un encargo del empresario José Moya para ayudarle a resolver un conflicto con Martinsa-Fadesa y su presidente, Fernando Martín, con el objetivo de recuperar una inversión de cien millones de euros.

Así se ha pronunciado la Sala de Apelación de la AN en una sentencia a la que ha accedido Europa Press, en la que ha rechazado el recurso de la Fiscalía, reiterando que la actuación se desarrolló en un ámbito de servicios privados de investigación, al margen de funciones públicas policiales.

La Sala de lo Penal de la AN absolvió el pasado octubre a Villarejo y a su socio Rafael Redondo, representado por el abogado Antonio Tapia, de los delitos de cohecho pasivo propio, descubrimiento y revelación de secretos y falsedad en documento mercantil.

El empresario contactó con Villarejo

La AN dio por probado que en julio de 2011 el empresario contactó con Villarejo para que le ayudara en su conflicto con Martinsa-Fadesa, tras una inversión de aproximadamente el 5% del capital de la inmobiliaria que pretendía recuperar.

"Moya contactó con el acusado, encomendándole investigar posibles irregularidades en el procedimiento concursal de la inmobiliaria, cuyo conocimiento podría utilizar en una eventual negociación con Fernando Martín", recogía la sentencia.

Los magistrados explicaron que los servicios fueron prestados por el Grupo CENYT, el entramado societario de Villarejo, que cobró alrededor de medio millón de euros por el encargo a través de una empresa de Moya.

Según el tribunal, la investigación consistió en la obtención de información, incluido el tráfico de llamadas, de personas relacionadas con la inversión o con el concurso de acreedores de Martinsa-Fadesa.

INTERESES PARTICULARES SIN DAÑO A LA ADMINISTRACIÓN

Los magistrados concluyeron que se trató de intereses particulares sin daño a la administración, descartando el delito de cohecho, al no acreditarse que la actuación tuviera relación con las funciones públicas de Villarejo como comisario adscrito a la DAO.

A juicio del tribunal, los hechos no buscaban causar un menoscabo a la Administración Pública, sino obtener un beneficio privado mediante una investigación privada.

"Todos los pagos respondieron a la prestación de servicios privados de investigación", subrayaron los magistrados, insistiendo en el carácter absolutamente privado de la actuación.

La Sala tampoco apreció descubrimiento y revelación de secretos, al no acreditarse que Villarejo se prevaliera de su cargo para acceder al tráfico de llamadas. "No se ha probado, con el rigor que exige el proceso penal, cómo se accedió a dichos tráficos de llamadas, ni puede presumirse que el acusado se valiera de su condición de alto cargo policial", concluye la resolución.