pamplona. La consecuencia fue el nacimiento en 2007 de una niña con tetralogía de Fallot (es una cardiopatía congénita) muy grave, agravada por "no disponer de la medicación adecuada", que ha sido ya operada en varias ocasiones para paliar aunque "no mejorar" su situación, que necesitará de más intervenciones y de una asistencia médica "asidua" y que "no va a poder realizar" nunca determinadas actividades por su malformación cardíaca, lo que "ha afectado y va a afectar en el futuro" a sus padres "tanto material como moralmente".
El juzgado considera probado que cuando a la gestante, de 36 años, una edad de "alto riesgo de transmitir enfermedades congénitas a su descendencia", se le realizó en el Hospital de Tudela la ecografía correspondiente a la semana 20 se tuvo la "sospecha" de que el feto presentaba "arteria umbilical única" (AUU). Añade que fue "la falta de calidad y la falta de minuciosidad" en esta prueba, "así como los errores de interpretación de la misma, lo que condujo a que la malformación cardíaca pasase desapercibida y no se advirtieran incidencias significativas durante la gestación". Ya que, la "sospecha" de AUU era "posible confirmarla utilizando otros medios disponibles" y la dolencia cardíaca se hubiera podido diagnosticar "con mayor pericia y mejor técnica", pero ni se ahondó en la primera ni se ha acreditado que se realizara un estudio completo de la anatomía fetal para detectar malformaciones asociadas. El juez califica de "censurables y generadoras de responsabilidad" todas aquellas conductas que por "omisión, negligencia, irreflexión, precipitación e, incluso, rutina causen resultados nocivos". El juzgado considera que hubo además un "mal funcionamiento" de Salud por omitir información, ya que "no se informó a los padres" de lo que suponía la AUU ni de las posibles malformaciones del feto derivadas de ella, "impidiéndoles" así optar por la interrupción del embarazo, un "derecho" del que "fueron privados".