La juez del Juzgado de Instrucción nº 5 de Pamplona ha dictaminado que no existen indicios de desatención y acoso escolar en el caso denunciado por una mujer contra el maestro de su hijo de 11 años. El auto judicial, que se conoció el 10 de julio, acuerda el sobreseimiento y archivo de la causa al considerar que no está debidamente justificada la perpetración del delito por parte del docente investigado, que en el momento de la denuncia impartía clases en el colegio público Eulza, de Barañáin.

En la resolución judicial, que no fue recurrido por la denunciante, se explica que “la documentación aportada expone de forma cronológica el seguimiento que por parte del centro escolar y de sus profesionales se ha llevado a cabo desde octubre de 2022 hasta marzo de 2023 y no se concluye, de dicha documentación, desatención por dichos profesionales ni indicios de acoso”. Tal y como se recuerda en el auto, el colegio abrió un expediente el 10 de octubre con vigilancia especial de todo lo que ocurre alrededor del menor y su estancia en el colegio con entrevistas a posibles testigos y se tomaron medidas inmediatas de protección al menor, unas con el grupo y otras para fortalecer a la víctima con apoyo escolar, ludoteca y derivación a Infanto Juvenil.

Asimismo, la juez destaca que tanto los servicios sociales de base que estuvieron en el colegio como el mediador del Gobierno foral (profesional ajeno al centro) “han llegado a la misma conclusión”. De hecho, tal y como señala el auto, el educador social que actuó de mediador con la familia durante el mes de marzo informó de que “la relación del tutor y del resto del equipo docente es adecuada, con dificultades del menor a la hora de mantener una actitud de respeto con el resto del alumnado”.

Consta también en la causa el informe de la inspectora de Educación, a la que se le asignó el caso, “sin que de dicha documentación ni de las manifestaciones de la inspectora puedan concluirse indicios de la existencia de ilícito penal”.

En cuanto a las notas en la agenda que denunció la madre relacionadas con el deseo del menor de quererse morir al lado de otras realizadas por el profesor, el auto señala que “consta el correo electrónico remitido por el tutor a la denunciante donde explica el motivo de las dos notas en la agenda, afirmando el investigado que la anotación realizada por el menor no existían en el momento de realizar él la anotación en la agenda por cuanto que, de haber sido así, hubiera puesto en marcha los mecanismos pertinentes ante la gravedad de lo expresado por el menor”.

Por todo ello, la juez concluye que no hay indicios de acoso escolar y archiva la causa.