La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 3 años y medio y 4 años y 9 meses de prisión por estafa a tres acusados que vendieron como aceite de oliva virgen extra garrafas que en realidad contenían una mezcla adulterada compuesta por un 70 % de aceite de girasol y un 30 % de oliva.

Unos hechos que, según la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia, son constitutivos de delitos de falsedad en documento mercantil, contra la propiedad intelectual y estafa, por los que deberán indemnizar a los perjudicados a los que defraudaron.

Así consta en la sentencia conocida este viernes, que recoge el acuerdo de conformidad al que llegaron los acusados con la Fiscalía, en virtud del cual los tres reconocieron la estafa por la que han sido condenados.

El 'modus operandi', según recoge la sentencia, consistió en la venta a varios intermediarios -con el objetivo de que llegasen al consumidor final- de garrafas de cinco litros de aceite etiquetadas como aceite virgen extra, cuando en realidad estaban compuestas mayoritariamente por aceite de girasol (70%) y en un 30 % de oliva.

Lo hicieron, explican los magistrados, con ánimo de enriquecimiento injusto porque vendían las garrafas a un precio inferior al de mercado y al que ellos mismos habían pagado por adquirirlas, lucrándose así con la diferencia.

Comenzaron en 2017, cuando lanzaron al mercado garrafas de aceite de una marca inventada, Bellum Olei, que, en realidad, nunca existió.

La etiqueta afirmaba que el aceite lo producía una cooperativa de Úbeda (Jaén) con un número de registro sanitario y código de barras falsos, cuando lo que estaban vendiendo era una mezcla de aceites.

Ese año y también en 2018 los ya condenados comercializaron garrafas con etiquetas de la marca "Carrasqueño", aceite de oliva virgen extra producido por la Sociedad Cooperativa Andaluza "Virgen del Perpetuo Socorro", de Alcaudete (Jaén), "lo que no era cierto, puesto que, de nuevo, el aceite que vendían era una mezcla adulterada", sentencia la Audiencia Nacional.