El Fuero Nuevo de Navarra es una legislación propia actualizada que concede a los habitantes de la Comunidad Foral una distinción en materia de Derecho Civil que les hace regirse por normas que no tienen que ver con las del Estado. Merced precisamente a esta normativa, los navarros, con vecindad civil foral y casa en Navarra, van a disponer de mayor tiempo que en el resto del Estado para demandar por gastos propios de los préstamos hipotecarios, como son la notaría (la mitad), la gestoría, el registro o la tasación. En la Comunidad Foral, como mínimo, será al menos durante todo este año, 2024, cuando se pueda formular reclamación debido a que el Fuero Nuevo, que regula este tipo de acciones y reclamaciones en la Comunidad Foral, se aprobó en el BON en abril de 2019.

Desde esa fecha hay que sumarle seis meses de vacatio legis hasta que el Fuero entró en vigor, los cinco años de prescripción para ejercer la reclamación y otros 82 días del periodo covid inhábil. En definitiva hasta enero de 2025 resultaría muy factible que se pudiera reclamar en Navarra. Además, según interpretó la Audiencia merced a dicha legislación, la prescripción de los gastos hipotecarios en Navarra sería de 30 años.

Conviene recordar que estas reclamaciones afectan a aquellas hipotecas previas al año 2019, puesto que en dicho año se reformó la Ley de Crédito Inmobiliario, que ya establece un reparto equitativo de los gastos, es decir, que el cliente ya pagaba la mitad de la notaría, la otra mitad lo hacía el banco y la entidad también asumía entonces gestoría, tasación y registro.

Como todas las hipotecas firmadas a partir de 2019 ya se tramitan con un reparto equitativo que fija la ley, cuando hay que establecer en realidad un plazo es a la hora de remontarse a los orígenes de la hipoteca. Los abogados Jorge e Iñaki Iribarren coinciden en señalar que es “una suerte disponer del Fuero Nuevo, cuya reforma en 2019 provoca que en Navarra los plazos de prescripción sean distintos que en resto del Estado. Eso hace que todas las hipotecas posteriores a 1994 hasta 2019 puedan reclamarse”.

Se trata de un asunto que empieza a urgir para los ciudadanos residentes en otras comunidades, puesto que se les ha señalado (sin ningún pronunciamiento oficial de ningún tribunal, por otra parte) que pueda ser el 14 de abril el plazo para ejercitar la acción de reclamación. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya se pronunció hace dos meses sobre el origen de la prescripción para reclamar dichos gastos y dijo que debe tenerse en cuenta la fecha en la que los clientes tuvieron conocimiento de las sentencias que consolidaban el reparto de estos gastos. El dinero que se obtiene en dichas reclamaciones por parte del cliente ronda los 1.000 euros de media.

Charla, el 8 de abril

A la vista de la inquietud y desconcierto del ciudadano navarra, el bufete Iribarren Abogados va a realizar una charla (gratuita) en el Hotel Tres Reyes de Pamplona el lunes 8 de abril a las 19.00 horas para explicar todos los detalles de este asunto.