A la luz de nuevas informaciones recibidas y verificadas por Diario de Noticias, este periódico rectifica el artículo publicado el pasado 1 de febrero bajo el titular Un nombre que no le pertenecía.

En dicho artículo se hacía referencia a una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Pamplona/Iruña, de noviembre de 2024, que reconoce los apellidos biológicos a una persona adoptada en Bilbao en 1971. Diario de Noticias publicó en ese sentido una información cierta y veraz, en la que sin embargo lamenta la publicación de datos e información personal de la familia afectada que deberían haber quedado en la más estricta intimidad. Dichos datos no formaban parte de la resolución. Asimismo, este periódico considera que no se cumplieron los criterios de verificación necesarios para dar por válida la información suministrada por el demandante, que afirma sentirse “víctima de sustracción de bebés”, hecho desmentido ahora por su familia biológica.

La sentencia de mayo de 2025 (que confirma la anterior sentencia), y a la que ha tenido acceso Diario de Noticias, explica que son compatibles la determinación de la filiación biológica y la adopción, y hace referencia al artículo 180.4 del Código Civil (CC), que establece que “la determinación de la filiación que por naturaleza corresponda al adoptado no afecta a la adopción”. Por tanto, sobre la información ofrecida en cuanto a que “el tribunal entiende que la adopción, formalizada en Bilbao en 1972, fue irregular”, dicha referencia no aparece en la sentencia y la familia, amparada por el derecho de rectificación, afirma que es un error.

La familia aclara que el demandante conoció a su familia biológica 15 años atrás, en 2010, tras haber conocido sus orígenes biológicos. Tal y como relata la sentencia, en ese año se realizaron de mutuo acuerdo pruebas de hermandad con su hermana biológica, que fueron concluyentes.

El demandante conoció a su padre biológico y pudo, así, conocer de primera mano sus orígenes, manteniendo una relación cordial con su padre biológico durante algunos años. Sin embargo, años después, en 2021, el demandante interpuso una demanda contra su padre biológico, en la que reclamaba la filiación biológica y la nulidad de la adopción. La parte demandada, por su parte, solicitaba que se determinase únicamente la filiación biológica, sin que ello afectase a la Filiación por Adopción. La sentencia recoge el testimonio de su padre biológico, que explica que en 1971 el padre y la madre biológicos decidieron conjuntamente dar ese bebé en adopción, debido a sus circunstancias personales.

Según aclara la familia a este periódico, “ese testimonio lo conoció el demandante en 2010, ya que su padre biológico pudo contarle su historia en primera persona, en aquel primer encuentro. A partir de entonces, Su padre biológico lo acogió y se le abrieron las puertas a las familias materna y paterna, para que quien lo deseara pudiera conocerlo”, relata la familia. Asimismo, la familia expresa su rechazo y dolor por las falsedades difundidas por el señor Olmo Gómez Aldaz en diversos medios, y que contradicen el testimonio de su padre biológico, tal cual se recoge en la sentencia de noviembre de 2024. “Ya en 2010 él pudo conocer sus orígenes, así como a su padre biológico. Era eso lo que él (Olmo) deseaba en aquel entonces. Ahora, narra una versión de la historia inventada por él, ficcionada con datos que nada tienen que ver con los hechos ni con lo que su padre biológico le contó”.

Tal y como ha comprobado Diario de Noticias, el fallo de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Pamplona/Iruña únicamente declara la filiación, y hace constar los apellidos Gómez Aldaz. La familia expresa el dolor causado por la mencionada publicación por parte de este periódico. También pide que se respete su derecho a la intimidad y al honor de sus seres queridos, ya fallecidos. “Deseamos que nunca se publique ninguna información relativa a nuestra familia que vaya más allá de lo que ha dictado esta sentencia: que esta persona puede tener sus apellidos biológicos. Y esto es todo”.