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A prisión el feriante de Huarte por realizar tocamientos a nueve menores

Aprovechaba que bajan o subían de la atracción para cometer la agresión sexual

Imagen de la concentración de repulsa llevada a cabo ayer en Huarte.Unai Beroiz

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Aoiz ha decretado este lunes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del feriante que realizó tocamientos en zonas íntimas este pasado fin de semana a varias menores de 11 a 15 años en una atracción en las fiestas patronales de Huarte. El número de denuncias ya asciende a nueve.

Según consta en el auto de prisión dictado e tras la comparecencia del hombre detenido, de 35 años y de origen marroquí, se desprende indiciariamente que el sábado 21 de septiembre de 2024 el trabajador de la atracción de feria El Grillo Loco realizó tocamientos a niñas menores de 16 años en las piernas, en el glúteo o en los pechos, un delito castigado con penas de 2 a 6 años de prisión. Asimismo, bloqueó la barra de la atracción, no permitiéndoles bajar de la misma.

Mismo 'modus operandi'

De las denuncias presentadas, se derivan varios testimonios relevantes para la incriminación del detenido. En este sentido, se recoge en el auto de prisión, la madre de una de las menores relató en la denuncia que su hija le había manifestado que la persona trabajadora de la atracción El Grillo Loco, cuando se disponía a subir, le tocó y le empujó el culo para subirle al asiento. Que, a la amiga de su hija, al bajar la barra protectora de la atracción, alargó la mano y le tocó el pecho.

La madre de otra menor de 13 años afirmó que a ella y a una amiga que, una vez finalizada la atracción, les soltó la protección aprovechando para frotarles en el muslo, en la zona alta de la pierna a las dos y les dio unos golpecitos en el muslo. A unas amigas les tocó el glúteo.

Otra madre de una de las menores indicó que su hija se encontraba en la atracción El Grillo Loco y que cuando iba a bajar de la atracción, le agarró de un pecho, mientras que el padre de otra menor señaló que el investigado le invitó a la atracción y que al terminar el viaje y disponerse a bajar, se acercó y en el gesto de ayudarle a bajar, le tocó el glúteo.

Recogida de las barracas tras las fiestas de Huarte.

Consecuentemente, la versión dada por los denunciantes, en nombre y representación de las hijas, “se manifiesta de forma coherente, con un discurso lineal en el espacio del tiempo, no concurriendo ningún motivo espurio que pueda viciar la declaración”.

De ello se puede deducir que el investigado “realizó tocamientos en los glúteos, muslos y pechos de las menores cuyas edades oscilan entre los 11 y 15 años, con un deseo o intención de satisfacer sus deseos lúbricos. Constan nueve denuncias presentadas, sin perjuicio de que puedan personarse nuevos denunciantes”, expone el magistrado.

Riesgo de fuga

El Ministerio Fiscal ha solicitado la prisión provisional ante la posibilidad de riesgo de fuga, para asegurar la presencia del investigado en el acto del juicio, por la gravedad de los hechos, así como para evitar la reiteración delictiva en aras de tutelar y proteger a las menores. Las letradas de las acusaciones se han adherido a esa petición, mientras que defensa se ha opuesto alegando que existen otras medidas menos gravosas como la orden de alejamiento.

Dadas las circunstancias, el instructor ha entendido que existe riesgo de fuga. Al respecto se apunta que al investigado no le consta domicilio conocido en España, a donde, según su relato, llegó en febrero de 2024. Además carece de un núcleo familiar que pueda determinar su arraigo.

En cuanto a su situación en España, se señala  que "no existe constancia, pero parece que su situación administrativa es irregular, no estando determinada, carece de NIE o documentación que acredite que su situación esté regularizada, diciendo disponer únicamente de una fotografía de su pasaporte".

Al argumentar su decisión el juez también ha tenido en cuenta también la naturaleza del hecho y la gravedad de la pena, ya que puede ser castigado con una pena de prisión de 2 a 6 años. Por todo ello, concluye que la prisión provisional es una medida adecuada, que no resulta desproporcionada y que logra adecuadamente los fines que pretende.