Hay un fallo en los coches matriculados a partir del año 2008 que pasa desapercibido pero que es motivo de rechazo en la ITV desde 2016: el MIL (Malfunction Indicator Light, comúnmente conocido como fallo motor).

Se trata de un testigo de color naranja que se enciende en el cuadro de mandos del vehículo y revela que ha habido o hay un error o avería en el motor. Si la luz está encendida, al considerarse un defecto grave, el coche quedará automáticamente rechazado.

El error no está claro, por lo que haría falta una revisión para ver de qué se trata. Podría ser una avería en el sistema de inyección, alimentación o mala combustión.

Esto puede pasar desapercibido, ya que muchas veces el coche continúa funcionando normalmente. Además, si nuestro mecánico ve que el problema no es grave, borrará el fallo.

No obstante, si no se soluciona la causa del problema, el testigo se encenderá de nuevo. Si a la hora de realizar la inspección, este está encendido, se rechazará por no darse las condiciones adecuadas para la revisión.

Pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que deben superar todos los vehículos a partir del cuarto año de su matriculación. A partir de ese momento, los coches tendrán que ser sometidos a revisión cada dos años en el caso de los de menos de diez años y anualmente si la matriculación se remonta a una fecha anterior.

Aprobar esta prueba es requisito imprescindible para circular. Si no, el coche no recibirá la pegatina que le permite desplazarse por la vía pública.

Entra en vigor la nueva normativa de las ITV

La nueva normativa de la inspección técnica de los vehículos (ITV) entra en vigor este martes, día 1 de junio, incorporando diferentes novedades que hacen más estricta la prueba y que sirven para adaptarla al Brexit.

Así, la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV incorpora aquellos cambios reglamentarios necesarios para adecuar la inspección técnica a las nuevas tecnologías y se especifican de manera más clara y precisa algunos procesos de revisión para los operadores.

Tal como ha explicado la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), uno de los principales cambios que llega con la nueva legislación es la modificación en la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando es obligatorio llevarlo.

A partir de ahora, que el sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave. Misma circunstancia ocurre con un posible desprendimiento de los espejos retrovisores, que también se considerará defecto grave.

Además, se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) en caso de no ser presentado este en la estación ITV.

Los defectos graves generan un rechazo de la inspección e inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller. Por ello, esta nueva normativa hará más estricta la revisión.

Por su parte, la nueva ITV se adapta al Brexit, por lo que, a partir de ahora, los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España se considerarán modelos procedentes de terceros países. Así, se deberán realizar los trámites de importación necesarios, entre otros elementos.

El nuevo manual mantiene las medidas de higiene y prevención en las estaciones de ITV para garantizar que sus instalaciones sean lugares seguros respecto al coronavirus tanto para los usuarios como para quienes trabajan allí.

MULTAS DE HASTA 500 EUROS Por su parte, la nueva normativa mantiene las multas económicas que puede acarrear el circular por la calle con un coche sin la inspección técnica superada. Así, tener la ITV caducada acarrea una sanción económica de 200 euros, tanto si el vehículo está circulando como si está estacionado en el garaje o en la calle.

Además, ser cazado con la ITV desfavorable también supone una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV en un plazo máximo de dos meses y solo puede mover el coche para llevarlo al taller.

Por último, circular con una ITV negativa, es decir, cuando los desperfectos son tan graves que no se permite abandonar la estación por medios propios, supone una multa de 500 euros.