El Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN/NOPLOI) ha actualizado las obligaciones y recomendaciones para el uso de más 320 piscinas y zonas de baño tres el fin del estado de alarma por el coronavirus en condiciones de seguridad para las personas usuarias.

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En total el número de instalaciones afectadas es de 11 zonas de baño naturales y de 327 piscinas: 257 de uso público (municipales, de sociedades, hoteles o campings) y el resto de uso privado, pertenecientes a comunidades de vecinos.

Las actualizaciones, que tienen en cuenta la evolución de la pandemia de COVID-19 y las últimas recomendaciones de las autoridades sanitarias, se han hecho sobre la base del Programa de Vigilancia Sanitaria de las Piscinas, presentado al sector el pasado 29 de mayo.

Los aspectos más básicos de las obligaciones y recomendaciones frente a la COVID-19 dirigidas a la ciudadanía se han plasmado en dos infografías, una para piscinas y otra en la misma línea para zonas de baño naturales.

Un millar de ejemplares, en formato cartel, se van a repartir entre las diversas entidades relacionadas con las instalaciones, como la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC), el Colegio de Administradores de Fincas y la asociación AEDONA de Entidades Deportivas y de Ocio de Navarra, que agrupa a los 11 clubes deportivos de Pamplona y su comarca, así como a otras asociaciones del sector.

Además, se invita a cualquier gestor a quien precise de esta cartelería a solicitarla por correo electrónico, escribiendo a isp.sanidad.ambiental@navarra.es. Del mismo modo, los carteles se encuentran a su disposición en formatos descargables e imprimibles en la web del ISPLN.

Ene las recomendaciones destaca una limitación del aforo al 75% y que en las zonas de estancia de estas instalaciones habrá que establecer una distribución que permita mantener la distancia de seguridad entre personas (mínimo de 1,5 metros entre personas que no convivan juntas).

En las zonas de baño y de actividades se recomienda en geneal evitar concentraciones de alta densidad y que los grupos no superen las 25 personas.

El Instituto añade que en las piscinas, para cumplir con el límite de aforo, deberá implantarse en cada instalación algún sistema de control, y colocar carteles con las cifras establecidas.

Estos aforos también afectan a las distintas zonas de la instalación, como zonas verdes, vestuarios o vasos, y si no se puede guardar la distancia, será necesario usar mascarilla.

Además, para respetar el aforo establecido, se podrá fijar un sistema de turnos, con un margen de tiempo entre ellos para evitar que se coincida en las entradas y salidas y turnos y horarios específicos para grupos vulnerables.

Por otro lado, según la normativa publicada en Navarra para zonas de baño naturales, el Instituto también ha recogido las obligaciones y recomendaciones para el uso de los once espacios de esas características incluidos en el censo del Gobierno de Navarra.

En concreto, se trata de dos zonas del río Urederra (en Zudaire -Améscoa Baja- y Artavia -Allín/Allin-), la Balsa de la Morea (Beriáin), el río Araxes (en Betelu), el río Esca (en Burgui/Burgi), río Aragón (en Carcastillo), el Manantial Agua Salada (en Estella-Lizarra), el Embalse de Alloz (en Lerate (Guesálaz), el Barranco de la Foz de Benasa (en Navascués), la Balsa el Pulguer (en Tudela) y el río Uztárroz (en Uztárroz/Uztarroze).

En estas zonas se controlará de forma periódica la calidad de estas aguas, a través del Programa de Control que desarrollan el ISPLN y el Servicio del Agua de Economía Circular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente pero la ciudadanía se bañará bajo su responsabilidad dado que no hay no hay personal de seguridad ni socorristas o vigilantes.

En este caso las recomendaciones especiales en relación con la COVID-19 se han hecho en la línea de la normativa estatal y de las ya mencionadas para las piscinas, con la indicación de que los grupos no superen las 25 personas.

Así, es necesario mantener la distancia de seguridad y la etiqueta respiratoria, establecer un perímetro de seguridad alrededor de los enseres personales, el uso de los aseos disponibles por una persona (salvo si requiere asistencia) y el refuerzo de la limpieza de estos baños y del mobiliario de cada zona, entre otras medidas.

Se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales de recreo, de forma individual, con la debida separación y sin contacto físico entre las personas participantes y, en todo caso, las competencias son de las entidades locales.