tudela. El Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Pamplona ha dado la razón, por partida doble, al Ayuntamiento de Tudela frente a la UTE Kines Servicios y Gestión Deportiva SL y Gesport Gestión Deportiva SL, y ha desestimado los recursos presentados por impago del canon de las piscinas cubiertas entre el 11 de febrero de 2007 y el 10 de enero de 2008, y contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 18 de diciembre de 2009 por el que se acordó liquidar el contrato de arrendamiento suscrito en su día entre ambas partes.

De esta manera, la UTE Kines Gesport deberá abonar al Consistorio tudelano 106.080 euros, más los intereses que procedan, por el impago del canon de las piscinas cubiertas y 408.841 por la liquidación del contrato de arrendamiento de las instalaciones tras negarse a prestar el servicio en febrero de 2009. No obstante, la empresa tendrá ahora un plazo de 15 días para recurrir ambas sentencias. Desde el Ayuntamiento valoraron positivamente ambas resoluciones y señalaron que, en el primer caso, queda claro que "debe pagarse el canon porque la contrata estuvo gestionando el servicio y el Consistorio no incurrió en causa de resolución del contrato por incumplimiento de sus obligaciones". También establece que " el procedimiento de apremio seguido para el cobro de la deuda se ajustó a la legalidad". La segunda sentencia considera acreditado que se tuvo que intervenir el servicio porque "la empresa se negó a prestarlo y obligó al Ayuntamiento a hacerse cargo de todos esos gastos"; unos gastos que, según añade, han sido justificados y la contrata "no los ha desvirtuado ni con prueba documental ni pericial".

historia Cabe recordar que el primer contencioso se desató tras la petición de Kines Gesport al Ayuntamiento de Tudela, a mediados de noviembre de 2007, de suprimir el pago del canon de 2008 hasta que no se diera una respuesta a la solicitud de modificar o resolver el contrato por mutuo acuerdo, ya que, según la contrata, las expectativas de abonados no se estaban cumpliendo al no haber entrado en funcionamiento "los chorros de agua y la ducha seta del vaso recreativo de las piscinas cubiertas". Al no obtener una respuesta afirmativa, la empresa decidió no abonar el pago del canon entre febrero de 2007 y enero de 2008 y el Consistorio se vio obligado a dictar providencia de apremio para que hicieran efectivo el pago, con un recargo del 10%, en total, 98.283 euros. El abono no se produjo y se dictó providencia de embargo a principios de 2009 por un importe de 106.080 euros (78.000 del canon, 12.480 de IVA y 15.600 del 20% de recargo).

En lo que respecta al segundo pleito, cabe destacar que data de febrero de 2009, cuando el Ayuntamiento tuvo que hacerse cargo del servicio público de piscinas municipales al negarse Kines Gesport a prestarlo. Finalmente, el 18 de diciembre de 2009, y tras un preceptivo informe favorable elaborado por el Consejo de Navarra, la Junta de Gobierno Local acordó liquidar el contrato de arrendamiento y exigir el pago de 408.841 euros por los "daños y perjuicios causados al Ayuntamiento y por los costes generados como consecuencia de la intervención del servicio".