PAMPLONA. El cambio se lleva a cabo mediante un decreto-ley, una figura legislativa prevista en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Fuero para casos de "extraordinaria y urgente necesidad".

La norma entrará en vigor mañana jueves con su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, aunque tendrá carácter provisional hasta que sea ratificada por el Parlamento de Navarra, pero Osasuna podrá acogerse a dicha modificación en la asamblea general extraordinaria del próximo viernes.

El cambio legislativo aprobado hoy por el Ejecutivo navarro en su sesión de gobierno ha sido presentado en rueda de prensa por el consejero de Políticas Sociales, Íñigo Alli, quien ya ha informado a Osasuna del contenido de la modificación normativa.

El Gobierno de Navarra considera que la ley foral de deporte se había revelado "insuficiente" en el caso de Osasuna para dar la cobertura adecuada a situaciones de vacío de poder, por lo que considera necesario complementarla.

Además, justifica el uso de la figura del decreto-ley por la situación "crítica" de Osasuna, tanto en el terreno deportivo y económico como en el institucional, que "hacen que dicha regulación resulte inaplazable y deba ser abordada con la máxima urgencia si se pretende dar una oportunidad al mismo para su propia subsistencia y preservar, con ello, los intereses económicos de la Hacienda foral".

Alli ha destacado que este cambio legal puede permitir a Osasuna garantizar su futuro, ya que traslada el poder de decisión a los socios y no lo deja al azar de un sorteo.

"Se ha dado la oportunidad a los socios para que de manera democrática decidan cuál es la mejor solución para el club y se ha dado el suelo jurídico para que las decisiones que vengan después tengan toda la legalidad", ha dicho Alli.

El consejero ha explicado que el Gobierno ha aprobado el cambio legislativo después de que Osasuna descartara la posibilidad de modificar sus estatutos y ante el vacío de poder creado tras la dimisión de Miguel Archanco como presidente.

"Osasuna tenía la posibilidad de modificar los estatutos. Visto que no ha habido ninguna modificación por su parte, el Gobierno de Navarra ha decidido dar la posibilidad de que los socios decidan lo mejor democráticamente y dar garantía jurídica", ha reiterado.

Alli se ha mostrado confiando de que el Parlamento ratifique este cambio legislativo al señalar que "la percepción es buena".

El portavoz del Gobierno foral, Juan Luis Sánchez de Muniáin, ha asegurado que "en principio está absolutamente descartado" que el Gobierno participe en la gestora nombrada el viernes y ha puntualizado que "corresponde" su constitución "de manera soberana a la asamblea de socios" de Osasuna.

Al preguntarle por si el Ejecutivo aceptaría formar parte de esa gestora si se lo pide Osasuna, ha afirmado que "es un supuesto que no se ha dado y no lo contempla el Gobierno foral, que no tiene ninguna intención de participar en esa junta gestora", pero ha puntualizado que deben estar pendientes del seguimiento del plan de viabilidad "en cumplimiento de las obligaciones tributarias".

En este sentido, ha declarado que "no hay que anticipar conclusiones" del plan de viabilidad presentado el pasado lunes por Archanco, ya que es necesario la valoración en profundidad de los técnicos del departamento de Hacienda.

"Tendrá que examinarlo el personal especializado de la Hacienda foral y luego el Gobierno valorará las posibilidades una vez que se haga una idea cabal y concreta de la situación financiera y tributaria del club", ha dicho Sánchez de Muniáin.

Contenido del Decreto-Ley

El Decreto-Ley da nueva redacción al apartado primero del artículo 37 de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra.

Así, se indica que, en el caso de cese del presidente y convocatoria del correspondiente proceso electoral, “en tanto no se lleve a cabo la elección de un nuevo presidente, si los estatutos del club no disponen otra cosa, la Asamblea General, con ocasión de la primera reunión que celebre y sin necesidad de que figure expresamente en el orden del día de dicha reunión deberá nombrar una comisión gestora, bien designando directamente a todos sus miembros o bien designando únicamente a su Presidente, correspondiendo en este último caso a dicho Presidente la designación del resto de los miembros de la misma”.

Añade, además, que “la comisión gestora nombrada realizará las funciones ordinarias de representación y administración del club deportivo y deberá llevar a cabo la convocatoria de elecciones correspondientes en el plazo máximo de tres meses desde su nombramiento”.

La norma, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, previsto para mañana, jueves, deroga cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la misma.