Pamplona - El Ayuntamiento de Pamplona debe garantizar que se eviten “las posibles molestias a los vecinos por los ruidos que provocan los usuarios de las terrazas”. Así lo entiende el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) que, en una reciente resolución de 19 de septiembre, señala que el Consistorio “tiene a su alcance”, en la nueva Ordenanza de Terrazas que entró en vigor en 2013, “diversas medidas para evitar dichas molestias, incluida, en su caso, una reforma de dicha Ordenanza si lo estimara necesario en orden a mejorar su eficacia”. De hecho, el TAN señala que un bar no tiene “potestades de coerción” para impedir que los clientes saquen las bebidas a la calle, fuera del espacio de terraza del local, más allá de colocar carteles advirtiéndolo, y que, además, corresponde al Ayuntamiento “delimitar” las zonas de terraza de cada establecimiento, sobre todo aquellas con cubas de madera, donde es más difícil precisar el espacio que ocupan los clientes.
El Tribunal Administrativo de Navarra acaba de anular la sanción de 300 euros interpuesta por la concejalía de Seguridad Ciudadana el 16 de abril de 2014 al bar La Sureña, en la calle Tejería, tras una denuncia interpuesta por la Policía Foral “por la comisión de una infracción leve” al artículo 12.2.f de la Ordenanza de Terrazas, “consistente en permitir sacar consumiciones fuera de la zona habilitada como terraza”.
La resolución del TAN indica que “determinar qué personas” de las que se encontraban ese día en el exterior de La Sureña, “se hallaban dentro o fuera de la zona autorizada y de qué establecimiento en concreto resulta tarea imposible”; que además está zona de terraza no está delimitada (tipo “marcas de pintura o similar”) y que “la inexistencia de esta delimitación es imputable únicamente al Ayuntamiento”, lo que incumple el artículo 6.1.3 de dicha Ordenanza. De hecho indica que aunque en el momento en que se le concedió la terraza a La Sureña “no estaba vigente la Ordenanza de Terrazas”, a partir de su entrada en vigor en enero de 2013 el Ayuntamiento “debería revisar las condiciones de las autorizaciones concedidas con anterioridad para asegurar el ajuste a sus disposiciones”, es decir, marcar o delimitar el espacio de todas las terrazas con cubas o barriles.
La Sureña cuenta con zona de terraza, con cubas de madera, y paga la correspondiente tasa por ocupación de vía pública por dos espacios con cuatro cubas sin taburetes adosados a la fachada, es decir, en torno a 1,92 m2 cada uno, según autorización del Ayuntamiento de 12 de noviembre de 2012. En dicha autorización se indica qué ocupan las cubas, pero no se señala “nada respecto del espacio que puedan ocupar los clientes”, como dicta su propia Ordenanza, que en el artículo 4.3 dice que “se deberá incluir al menos, las dimensiones del espacio sobre el que se autoriza”.
pocos elementos de prueba La resolución del Tribunal Administrativo, ante el recurso de los propietarios de La Sureña, señala además que en su expediente sancionador el Ayuntamiento no “aportó elementos de prueba suficientes para la imposición de la misma”. La resolución multó “permitir sacar consumiciones fuera de la zona habilitada como terraza, el 25 de enero de 2014”, tras una denuncia de la Policía Foral. El tribunal advierte, en cambio, que “no figura en el expediente que se haya llevado a cabo ninguna instrucción dirigida a averiguar si la recurrente, como titular del local, realizó algún intento de impedir a los usuarios que saquen las consumiciones fuera de la zona autorizada de terraza”. De hecho, el bar ya cuenta con carteles donde advierte a sus clientes “que está prohibido sacar bebidas fuera del local y su terraza”. ¿Debe hacer más? El TAN considera que “para impedir que los usuarios saquen las consumiciones fuera de la zona autorizada dicha empresa carece de potestades de coerción” y que “no tiene otros medios que los de hacer advertencia expresa a los clientes de las normas de aplicación”. La Sureña sí que dispone de carteles para ello.
Ya en 2012. En 2012, después de tres multas de Policía Municipal, el bar La Sureña colocó personal en la puerta para impedir que los clientes sacaran las consumiciones al exterior. La Sureña abrió en junio de 2012, y dispone también de carteles que advierten de que no se puede sacar bebidas fuera de la zona de terraza.
Nueva tipología de terrazas. La Ordenanza de Terrazas del Ayuntamiento regula desde 2013 las “diversas modalidades que, a menudo se encuentran en la fisonomía de la ciudad”, y cuyo uso se ha popularizo enormemente en los últimos años a partir de la prohibición de fumar en los locales cerrados de uso público”. La delimitación de una terraza con sillas y mesas “resulta bastante sencilla a través de las líneas exteriores de las mismas”, pero las de cubas o taburetes “resulta mucho más complicada, porque a la superficie de las cubas hay que sumar el espacio que ocupan los clientes”, dice el TAN.
2013
Aprobación definitiva. La Ordenanza que regula las terrazas de Pamplona se aprobó definitivamente el 25 de enero de 2013, dejando seis meses a los establecimientos para ajustarse a la nueva normativa. En junio de este año se modificó en lo referente a la posibilidad de instalar terrazas en calzada.