pamplona - Un antiguo profesor de la Universidad de Navarra denunció penalmente a un alumno por una falta de injurias al considerar que este se había excedido en varios comentarios que realizaba en Twitter y que tenían su foco en el modo de examinar y dar clase del profesor. El tono elevado de aquellos tuits podía haber llegado a un juicio de faltas pero la reforma penal lo ha impedido al despenalizar como conducta las injurias entre particulares. También se archivó la imputación del pastor del encierro de Pamplona, Chichipán, por propinar un varazo a un corredor al que le fracturó el tabique nasal. Con la nueva normativa penal, el varazo constituía una imprudencia menos grave, según el fiscal, y no era delito.
A la reforma del Código Penal la han calificado también como la reforma que ha acabado con las faltas, la que ha originado su despenalización, pero dicho así, tiene cierta trampa. Muchas faltas, en lugar de desaparecer, han pasado ahora a convertirse en delitos leves y otras pueden constituir una sanción contemplada en la Ley Mordaza, fuera del ámbito judicial, con multas más graves. “Ese es el incoveniente, y su ventaja es que si se queda en una multa administrativa, no constará como antecedente”, detalla Mari Paz Benito, jueza decana de Pamplona y titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la capital.
las que se cierran Las faltas eran aquellas infracciones que eran sancionadas con penas leves (no de prisión) debido a que no alcanzaban la entidad de delito y que no dejaban rastro de antecedentes penales en el denunciado. Estos asuntos menores copaban la rutina de las semanas de guardia de los distintos juzgados de instrucción. Ahora, a la mayoría de faltas se les ha cambiado el nombre por el delito leve y siguen en el Código Penal. ¿Qué ocurre con esto? “Que las faltas tenían un plazo de prescripción de seis meses y ahora se elevan a un año, que las faltas no generaban antecedentes penales y los delitos leves sí, y que las faltas que se han despenalizado son pocas, principalmente injurias entre particulares, faltas de respeto o desobediencia a los agentes de la autoridad, el incumplimiento del régimen de visitas de padres separados a sus hijos (ahora pasa a los juzgados de Familia) y los accidentes de tráfico por imprudencias (los que no tenían gran incidencia ya se archivaban directamente, por ejemplo, colisiones por alcance entre conductores). Ese sería el volumen de incidencias despenalizadas en instrucción. “Pero todo lo que son hurtos, lesiones, amenazas y coacciones siguen por ejemplo como delitos leves”, explica Benito.
En los cinco juzgados que instruyen diligencias penales en Pamplona, así como en los mixtos, puesto que también son juzgados de Primera Instancia, de Tafalla, Estella y Tudela se han archivado entre 240 y 260 procedimientos penales al quedar despenalizadas estas conductas, la mayoría por faltas de respeto o desobediencia a agentes de la autoridad. “A estos números tenemos que sumar los juicios de faltas pendientes y las ejecutorias, que tenían sentencia de faltas pendientes. El volumen de estos archivos no es especialmente elevado puesto que los juicios de faltas son procedimientos ágiles y es complicado que tengamos muchos asuntos acumulados”, añade la jueza instructora.