Le ponía a caldo en redes sociales. Lo hacía desde varios perfiles y usando otras tantas plataformas de difusión. Lo tachaba de falso, bipolar, acosador... e incluso filtró su número de móvil y su foto sin su consentimiento. Y no le va a salir gratis. La Sección Tercera de la Audiencia de Navarra ha confirmado una condena que obliga a este vecino de Tudela a indemnizar con 2.000 euros a su exnovio por vulnerar su derecho al honor. Además, tendrá que eliminar de sus perfiles en las distintas redes sociales todos los comentarios relativos a él y le obliga a publicar el fallo de la sentencia en los mismos perfiles de los que sea titular. La sentencia es recurrible ante el Supremo.

Una persona accede a aplicaciones de red social. Archivo

La Audiencia da por hecha la intromisión ilegítima del demandado en el honor de la víctima. Recuerda que ambos se conocieron en marzo de 2017 a través de la red social Scurff, finalizándose dicha relación a instancia del demandante por una discusión. A partir de entonces, la demanda recordaba que el denunciado empezó a utilizar las redes sociales para menoscabar el honor y dañar gravemente la imagen de su exnovio. Concretamente, a través de varias redes sociales (Grindr, Wapo, Facebook e Instagram) publicó injurias y calumnias contra su persona, además de fotografías y de desvelar información personal. A partir de agosto de 2018, como consecuencia de la divulgación de su número de teléfono en una red de contactos, el demandante empezó a recibir mensajes. Igualmente, dicho número fue incluido en la web listaspam.com con varios comentarios sobre su profesión y que atentaban contra su honor. También publicó fotos privadas en Instagram que po-dían ser adquiridas por terceras personas o realizaba stories en las que incluía textos como Mi Acosador.

El denunciado reconoció la titularidad de algunos de los perfiles de redes sociales desde los que se cometieron dichos actos, pero negaba haber difundido su teléfono y haber vertido injurias contra él. Afirmaba que algunos de los perfiles en redes habían sido bloqueados y que no podía acceder a los mismos. Sin embargo, la Audiencia, al igual que hizo el Juzgado de Primera Instancia 3 de Tudela se da por acreditado que el ofendido recibió en su número de teléfono diversos WhatsApps enviados por personas desconocidas que dijeron haber tenido acceso a su número a través del perfil del denunciado. Y también se da por probado que su teléfono se incluyó en una web como ListaSpam.com en la que decía que estaba loco y era un acosador y que en otros perfiles decía que había tener cuidado con él porque era mala y tenía problemas”.