La Oficina de Anticorrupción y Buenas Prácticas de Navarra constata "claros indicios" de malas prácticas con la exclusividad de al menos siete médicos que ostentan jefaturas de Osasunbidea. Tras la denuncia presentada por el sindicato LAB, de que al menos diez facultativos cobraban la exclusividad a pesar de trabajar en clínicas privadas, el órgano investigador ha emitido una resolución en la que concluye "la existencia de claros indicios de veracidad de los hechos revelados públicamente y denunciados por el sindicato LAB".

Precisamente, LAB ha informado este jueves por la mañana en rueda de prensa del contenido del dictamen de Anticorrupción en el que también se constata la mala práctica con relación a la exclusividad del jefe de Ginecología del Hospital García Orcoyen de Estella, que fue el primer caso denunciado.

Un momento de la rueda de prensa de LAB este jueves. Iñaki Porto

En concreto, tras analizar la información remitida por Osasunbidea, la oficina concluye que al menos siete jefaturas no habrían sido provistas "reglamentariamente" y que algunos de los profesionales que desempeñan funciones de jefatura "podrían no hacerlo en régimen de dedicación exclusiva, con plena disponibilidad y total y absoluta dedicación", tal y como determina la ley. Cabe recordar que en Navarra existe el régimen de dedicación exclusiva por el que los facultativos cobran un complemento, de unos 800 euros al mes, por trabajar únicamente en lo público. En caso de trabajar también en el ámbito privado, dejan de percibir esa cantidad. Pero no todos pueden hacerlo. Según la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre las jefaturas de servicio y de sección deben prestar sus servicios "en régimen de dedicación exclusiva, con la salvedad de que puedan ejercer también en el ámbito de la docencia o la investigación”.

Sin nombramiento formal

El problema, tal y como señala Anticorrupción, es que hay siete profesionales que están desempeñando funciones de jefatura sin un nombramiento y que "puede que no lo hagan en régimen de dedicación exclusiva". La primera cuestión en la que se detiene la resolución es en los nombramientos de estos facultativos, que fueron anulados por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). "La Sentencia de Apelación 359/2019, de 30 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN, declaró contrarias al ordenamiento jurídico, anulando y dejando sin efecto tanto las convocatorias como las Órdenes Forales de nombramiento interino de diversas Jefaturas de Servicio y Sección Asistencial, entre otras la del Jefe de Ginecología y Obstetricia del Hospital García Orcoyen de Estella (...) y las anula al haberse efectuado sin que se hubiera convocado la cobertura no interina, mediante concurso oposición o mediante concurso".

Un médico, con un fonendoscopio colgado del cuello. Javier Bergasa

Así, en el caso concreto del facultativo de Estella, Osasunbidea remitió a Anticorrupción un expediente en el que se declara "la incompatibilidad del ejercicio profesional de este facultativo en actividades privadas distintas a las permitidas en el artículo 10 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre (...) durante el periodo comprendido entre el 19 de junio de 2018 y el 18 de junio de 2020". De esta manera, la oficina acredita que este facultativo "no ha negado" haber realizado actividades privadas incompatibles con su puesto por lo que se constata que "incumplió su obligación de solicitar autorización de compatibilidad". "A pesar de haber sido requerido en dos ocasiones para ello, y habiendo sido informado de que el incumplimiento del régimen de incompatibilidades constituye una falta disciplinaria muy grave, el interesado no ha acreditado ni aportado información sobre su situación profesional actual", recoge la resolución.

Es más, este médico carece de nombramiento o designación formal como jefe de Ginecología del Hospital García Orcoyen, sin embargo "continúa desempeñando las funciones inherentes a dicha Jefatura de Servicio Asistencial, en situación asimilable a la de una encomienda de funciones", incumpliendo la normativa. Por ello, la Oficina Anticorrupción insta al director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea "a que realice las actuaciones necesarias a fin de proceder a la provisión reglamentaria de la mencionada Jefatura de Servicio Asistencial y, entretanto, que proceda a nombrar formalmente de manera interina a quien haya de desempeñar dichas funciones de Jefatura, lo que habrá de conllevar la aplicación del régimen de dedicación exclusiva inherente al desempeño de dicha Jefatura desde la fecha en que sea efectivo el preceptivo nombramiento o designación".

LAB: "La resolución cuestiona la versión de Salud"

Tras haber recibido la respuesta desde Anticorrupción, el coordinador de LAB, Imanol Karrera, ha sostenido en rueda de prensa que la resolución "cuestiona la posición y versión del Gobierno de Navarra, en concreto la de la consejera Santos Induráin y la del director general de Salud Carlos Artundo, que mantenían que solo en dos casos podía haber cobro indebido de exclusividad en Navarra". "Se confirma la existencia de una ingeniería en la contratación que, en contra de toda norma, permite realizar simultáneamente las funciones propias de jefatura, cobrar una retribución propia de jefatura a través del complemento de productividad y trabajar en clínicas privadas", ha denunciado Karrera, que ha destacado los indicios que apuntan a una mala praxis de la exclusividad en Osasunbidea, "una práctica fraudulenta generalizada y normalizada".

Asimismo, el portavoz del sindicato ha trasladado un mensaje al próximo Gobierno que resulte de las elecciones de este domingo: “No os vamos a dejar eliminar la exclusividad para debilitar la sanidad pública, para dar seguridad jurídica a una práctica habitual que sin lugar a dudas está fuera de la legislación vigente, para cobrarla aunque no se practique", ha advertido.