Navarra empieza a conocer poco a poco la realidad de su mapa del alquiler, una radiografía más diáfana y pública de cuantas viviendas se encuentran arrendadas en la Comunidad Foral y así sacar a la luz un negocio inmobiliario que muchas veces, hasta ahora, había quedado fuera del foco de las políticas públicas, al igual que las zonas que se van encareciendo por la demanda creciente, escasa oferta o por la mera especulación de grandes tenedores de viviendas. La puesta en marcha durante el pasado mes de mayo por parte de la Dirección General de Vivienda del registro obligatorio de contratos de vivienda de alquiler ha permitido que ya se dispongan de los primeros datos merced a las inscripciones online que ha permitido el sistema. En poco más de un mes después de la entrada en vigor de dicho registro, a fecha 20 de junio, el Gobierno foral ya contaba con que se habían registrado ya 4.861 contratos de viviendas libres de alquiler. Se trata de viviendas del mercado libre que no forman parte de ningún tipo de alquiler público o protegido.

Por tal motivo, a este número se deben sumar unos 2.000 contratos de las viviendas gestionadas por Nasuvinsa (su propio parque púbico de vivienda o los pisos de particulares cedidos al programa de la Bolsa de Alquiler) y más de 3.000 viviendas que gestionan promotores privados en régimen alquiler protegido (subvencionado). Esa cifra en torno a 5.000 contratos de alquiler protegido en total, al tratarse de alquiler protegido y, por tanto, estar ya visados en la Administración, ya quedan registrados de oficio por Vivienda. Quedan fuera de este registro contratos que no están sujetos a la ley de arrendamientos como contratos de temporada, pisos de estudiantes, apartamentos turísticos, etc.

Zonas tensionadas

Como se recordará, el objetivo de esta medida es disponer de un primer diagnóstico real sobre los precios de arrendamiento de vivienda y tener un instrumento útil para poder definir luego zonas tensionadas en el mercado de alquiler y adoptar posibles medidas para su regulación. Debido a que no existía hasta ahora un registro fiable del alquiler a día de hoy se desconoce la oferta de vivienda en dicho régimen en Navarra. Con las cautelas debidas, desde el departamento correspondiente del Gobierno foral calculan que el número de inscripciones realizadas hasta el momento podrían suponer el 25% del total.

La Dirección General de Vivienda del Gobierno de Navarra publicó en el BON en mayo la resolución por la que se creaba el registro oficial de contratos de alquiler de viviendas. Ya entonces, el Ejecutivo consideró que “esta herramienta servirá para tener una primera referencia de todos los precios reales de mercado de rentas de arrendamiento existentes en Navarra, así como las posibles subidas que se pacten en sus renovaciones, o para poder definir zonas especialmente tensionadas con la finalidad de aplicar posteriores medidas de regulación de precios de alquiler, ya sean fiscales o de límite a los incrementos”.

La inscripción de los contratos en el Registro de Contratos de Arrendamientos de Navarra, que será obligatoria para todos los alquileres de viviendas vigentes en la Comunidad Foral, se realizará mediante una aplicación informática habilitada a tal efecto en la página web de la Dirección General de Vivienda www.vivienda.navarra.es, a través de la ficha de trámite accesible en el enlace. Para posibles consultas, se ha activado, el correo electrónico registrocontratosarrendamiento@navarra.es.

Para proceder a la inscripción se debe acceder con una firma o certificado electrónico habilitado y puede ser realizada directamente por la persona titular o titulares de la vivienda como parte arrendadora, o por cualquier persona o empresa que actúe en representación de la misma, tales como agentes de la propiedad inmobiliaria. Igualmente, en el caso de que el contrato de alquiler no haya sido registrado por la parte arrendadora, podrá solicitar su inscripción la persona inquilina.

Habrá un plazo de tres meses, a partir de la publicación de la creación del registro en el BON, para inscribir los contratos de arrendamiento vigentes antes de dicha fecha. Entre los datos que se solicitarán en el registro figuran la referencia catastral de la vivienda alquilada, la fecha del contrato y su vigencia, la renta pactada o el tipo de arrendamiento del que se trate, habitual o de temporada.

Los detalles

Inscripción obligatoria. Esta inscripción será obligatoria para los contratos de arrendamiento de vivienda libre, mientras que los contratos de vivienda protegida de alquiler –pública o privada- o de viviendas libres que estén cedidas al programa de la Bolsa de Alquiler de Nasuvinsa serán registrados de oficio por la propia Dirección General de Vivienda.

Un plazo de tres meses desde el 11 de mayo. El Gobierno foral concede un plazo de tres meses, a partir de la publicación de la creación del registro en el BON (fue el 11 de mayo), para inscribir los contratos de arrendamiento vigentes antes de dicha fecha. Entre los datos que se solicitarán en el registro figuran la referencia catastral de la vivienda alquilada, la fecha de formalización del contrato y su vigencia, la renta pactada o el tipo de arrendamiento del que se trate, habitual o de temporada.

Fuera de estos contratos quedan: contratos que no están sujetos a la ley de arrendamientos como contratos de temporada, pisos de estudiantes, apartamentos turísticos, etc.