El Defensor del Pueblo de Navarra, Patxi Vera, ha emitido una resolución en la que considera que “existen indicios suficientes como para albergar dudas sobre la atención y cuidado dispensado en un centro de menores” a dos hijas de una víctima de malos tratos que estuvieron internadas tres meses en uno de estos Centros de Observación y Acogida (COA), periodo durante el cual una de ellas contrajo diversas enfermedades como el cólera.
La hija pequeña, de 7 años, presenta además una discapacidad del 78% y contrajo cólera en el transcurso de su internamiento. El Defensor, a la vista de la queja presentada por la progenitora, que criticaba además de la inadecuada atención el hecho de que hubieran tardado tres meses en que le devolvieran a sus hijas, recomienda a Derechos Sociales que analice en profundidad la problemática de sobreocupación del centro. Además, recomienda, en relación con las afecciones para la salud de las menores a las que se alude en la queja, generadas durante la estancia en el centro, que, en la medida de lo posible, “analice las causas que pudieron desencadenarlas y, si es preciso, que se adopten las medidas correctoras que corresponda para garantizar una atención y servicio adecuados”.
La madre de las menores, que ha sido víctima de graves malos tratos por parte del padre de la pequeña y que ha denunciado también los abusos sufridos por esta, procedió a registrar una queja por el procedimiento de desprotección iniciado respecto a sus hijas y al ingreso de éstas en un COA. La madre sufrió una crisis de ansiedad severa por los constantes incumplimientos del agresor respecto a la orden de alejamiento.
A raíz de dicho cuadro de ansiedad, fue ingresada en el Hospital Universitario de Navarra en abril y sus hijas, de 7 y 13 años, debido a la situación de desprotección en la que se encuentran, se les ingresó en un COA. La madre recibió el alta hospitalaria el 22 de abril y en mayo recibió una resolución en la que se señalaba que sus hijas debían permanecer en el centro entre tres y seis meses. En las visitas, la madre observó que sus hijas no se encontraban en un buen estado físico y emocional, así como que no estaban siendo atendidas adecuadamente y que las menores manifestaban que deseaban volver a casa con su madre.
Derechos Sociales respondió al Defensor que la red que intervino en el proceso valoró que la madre “se encuentra en situación de alta vulnerabilidad, necesitando apoyos y acompañamiento en el hogar y que no reconoce el estado emocional en el que se encuentra”. Por tanto, se decidió que las menores continuaran internas y se organizaron visitas supervisadas con la madre, que una vez que alcanzó la estabilidad psicológica (recibió el alta médica el 21 de mayo), se valoró adecuada la reintegración familiar de las niñas. Pero esta no se produjo hasta el 30 de julio, cuando recibió una llamada “señalándole que debía pasar a recoger a sus hijas”.
Nada más hacerlo volvió con ellas al Hospital, en el que fueron ingresadas, al haber dado la hija pequeña positivo en varios virus. Antes de este episodio, ya había sufrido un cuadro gastrointestinal con infección de orina y había acudido en dos ocasiones a Urgencias a la vista de que no mejoraba su estado. Se decidió que ingresara en Pediatría 11 días y se observó que dio positivo al cólera. Aunque se descartó en el centro de menores por parte de Salud Público un brote común de cólera en el centro de menores, en el mismo se realizaron labores de desinfección y limpieza, además de extremar las medidas de higiene. La hija mayor también fue ingresada, junto a su hermana, para la vigilancia y el control del cuadro intestinal y por motivo social.
Estancia más tiempo del debido
Derechos Sociales emitió en septiembre otro informe para el Defensor en el que manifestaba que, cuando fueron ingresadas en abril, y dada la situación sanitaria y de discapacidad de la hija pequeña, se contrató personal sanitario, con titulación, 24 horas al día, para el cuidado de ella desde el momento del ingreso. Y que la entidad gestora del COA hizo saber a la Subdirección "la situación de estrés que la menor puede sufrir en el centro como consecuencia de la sobreocupación.”
El Defensor “no encuentra elementos de juicio suficientes para cuestionar la actuación de la Administración ante la situación en que, como consecuencia del ingreso hospitalario de la madre, quedaban las hijas de ésta. “Sin perjuicio de ello, esta institución sí considera que cabría reflexionar si ante una situación como la presente las medidas de intervención no se prolongaron más tiempo del debido. En este sentido, esta institución comprende que dichas medidas no finalizaran con el alta hospitalaria de la madre, pero quizás sí deberían haber finalizado en el momento en que se obtuvo el alta médica (22 de mayo)”.