Síguenos en redes sociales:

Navarra subvencionará programas dirigidos a pacientes crónicos y pluripatológicos

Las ayudas, cuya partida presupuestaria para este año se ha incrementado un 5%, se podrán solicitar hasta el 27 de febrero inclusive

Navarra subvencionará programas dirigidos a pacientes crónicos y pluripatológicosJavier Bergasa

El Departamento de Saludsubvencionará el desarrollo de programas de salud para pacientes y familiares, que han sido desarrollados por fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro, para la mejora de problemas de salud de los pacientes crónicos y pluripatológicos. Las ayudas, que se han publicado en el BON, tienen una partida presupuestaria para este año que se ha incrementado en 43.706 euros (un 5%), pasando de los 613.13 euros en 2025 a 642.013 euros para 2026. Se podrán solicitar hasta el 27 de febrero inclusive.

Como novedad en esta convocatoria, el periodo de cobertura de las acciones desarrolladas se ha modificado este año respecto al de convocatorias anteriores, quedando establecido entre el 1 de diciembre de 2025 y 31 de octubre de 2026.

La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda, excepto con otras otorgadas por el Departamento de Salud relacionadas con la mejora de la calidad de vida de las personas enfermas y sus familias.

En la convocatoria de 2025, un total de 39 asociaciones presentaron sus proyectos, de los cuales 66 programas fueron beneficiarios de esta subvención.

La finalidad de las acciones y proyectos presentados deberá estar en consonancia con las directrices que, en el marco general de la política sanitaria, promueve el Departamento de Salud en los objetivos reseñados en el Plan de Salud vigente y, de forma más específica, con la “Estrategia Navarra de Atención Integrada a Pacientes Crónicos y Pluripatológicos”.

Gastos subvencionables

Serán subvencionables los gastos directos relacionados con el desarrollo de la actividad, que incluye conceptos como el material fungible y de personal de la propia entidad beneficiaria, así como los gastos generales de funcionamiento, siempre que estén directamente relacionados con el proyecto o programa presentado. También incluye el alquiler de locales y sus gastos cuando sea alquilado con el único objeto de desarrollar la actividad y no sea compartido con otras entidades, en cuyo caso, se subvencionará la parte proporcional del gasto soportado por cada entidad. Asimismo, se admitirá opcionalmente la imputación de una parte de los costes relativos a gastos indirectos, cuya naturaleza responda a las necesidades para el funcionamiento de la entidad, siempre que estén ligados al programa objeto de la subvención y sean acreditados debidamente.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvención se presentarán en el Registro Electrónico del Gobierno de Navarra, a través del formulario disponible en el Catálogo de Trámites del Portal navarra.es o, en su defecto, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de dichas solicitudes, debidamente cumplimentadas en el Impreso Oficial de Solicitud disponible en la misma ficha de la convocatoria, será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Las solicitudes recibidas con posterioridad al 27 de febrero serán declaradas como inadmitidas.

Si se requiriera asistencia en materia de presentación electrónica, ésta se podrá solicitar preferentemente en:

  • El Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental. Calle Amaya, 2-A, 3ª planta, de Pamplona/Iruña.
  • El Registro del Departamento de Salud. Calle Tudela, nº 20, Pamplona/Iruña.