La retransmisión en directo de la eutanasia de la joven Noelia del Castillo tras más de año y medio de periplo judicial debido a los recursos del padre y de Abogados Cristianos, con grupos de ultracatólicos rezando el rosario a las puertas del hospital Sant Pere de Ribes (Barcelona) es una estampa difícil de olvidar. Veinticuatro horas después, tanto la justicia como el Gobierno de España han movido ficha para que se de una aplicación garantista de la Ley de Eutanasia (2021) y evitar que recursos judiciales de terceros paralicen indefinidamente el proceso de un paciente.
El Tribunal Supremo (TS) ha anunciado que llevará a Pleno el debate para fijar jurisprudencia sobre si un padre está legitimado para recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a su hijo, mayor de edad y con plenas capacidades, un caso similar al de Noelia, pero que con ella no se debatió porque esa cuestión no fue recurrida por el progenitor. La intervención del TS se hace necesaria porque la ley actual (LORE) no aclara si un familiar tiene derecho legal a intervenir, lo que genera sentencias contradictorias que el Supremo debe unificar para garantizar seguridad jurídica.
Uno de los aspectos medulares que han permitido que Noelia viese dilatada la administración de una muerte digna se debe a la existencia de un vacío legal. La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia no especifica si terceras personas (como un padre o un familiar) tienen derecho o “legitimación” para acudir a los tribunales y frenar el proceso de un paciente mayor de edad y capaz. Dicho de otro modo, la ley no dice ni que sí, ni que no. Por este motivo, existe una contradicción en los tribunales inferiores.
Unificar criterios
Mientras que algunos juzgados de Barcelona inadmitieron recursos de padres por considerar que el paciente es libre y capaz, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) sí reconoció ese “interés legítimo”. El Supremo debe decidir cuál de las dos interpretaciones es la correcta para que se aplique igual en todo el Estado. Además, el caso de Noelia y otros similares plantean un conflicto de derechos fundamentales protegidos por la Constitución: el derecho a la autonomía personal y a la muerte digna del paciente frente al derecho a la vida y la obligación del Estado (y el interés de los familiares) de protegerla, especialmente si se alega vulnerabilidad o problemas de salud mental. Al ser una ley relativamente joven (2021), todavía no hay sentencias previas del Supremo que sirvan de guía, lo que genera una incertidumbre legal que solo el Pleno del Alto Tribunal puede resolver para casos futuros.
Reforma legal
Por su parte, el Gobierno de España estudiará la reforma impulsada por el Parlament de Catalunya para evitar que recursos judiciales de terceros paralicen indefinidamente el proceso de eutanasia de un paciente. La ministra de Sanidad, Mónica García, ha abierto la puerta a reformar la ley para blindar los plazos y evitar que recursos —de familiares o asociaciones— paralicen el proceso de quienes ya han recibido el visto bueno médico. La ministra de Sanidad ha reconocido la necesidad de evaluar posibles vacíos legales que permiten estas suspensiones in extremis, afectando al derecho ya reconocido del paciente.
“Por supuesto que la vamos a estudiar, y si hay una mayoría parlamentaria suficiente para poder evaluar cuáles son esas fugas de la ley, por supuesto que las estudiaremos”, ha señalado García en declaraciones a los periodistas antes del inicio del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). Asimismo, García ha querido “dejar claro” que la actual Ley de la Eutanasia es “garantista” y quienes han solicitado acogerse a ella han podido ejercer su derecho. “Creo que la Ley de Eutanasia es muy demandada por la sociedad. Es una ley que es muy garantista y que en la mayoría de los casos, sin la interposición de Abogados Cristianos, la gente que ha solicitado ampararse en la ley ha podido ejercer su derecho”, ha finalizado.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia el 25 de junio de 2021 hasta finales de 2024 se han registrado en el Estado un total de 2432 solicitudes de las cuales 1123 personas han recibido la prestación efectiva lo que supone un 46% del total según datos del Ministerio de Sanidad.
El balance muestra un crecimiento sostenido con 75 prestaciones en 2021 seguidas de 288 en 2022 y 334 en 2023 hasta alcanzar las 426 en 2024 lo que representa un incremento del 27,5% anual mientras que un tercio de los solicitantes fallece antes de completar el proceso administrativo debido a la gravedad de sus patologías mayoritariamente neurológicas u oncológicas.