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A prisión el joven que cortó la cara a otro con una botella rota en la antigua ikastola Jaso

El juez tiene en cuenta la extrema violencia de la agresión, que causó un profundo y enorme corte en la cara a la víctima, de 27 años

Imágenes del estado de deterioro de la antigua Ikastola Jaso en EtxabakoitzIñaki Porto

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El Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona ha enviado a prisión provisional comunicada y sin fianza a Mohamed K., de 27 años, por haber cortado con una botella rota en la cara de manera alevosa a otro joven magrebí de 30 años en el recinto de la antigua ikastola Jaso en el barrio de Etxabakoitz.

Los hechos

El incidente ocurrió sobre las 19.30 horas del día 2 de mayo de 2025, después de que el agresor, con múltiples antecedentes y que ha generado varias situaciones de conflicto entre las decenas de jóvenes que ocupan el recinto, le dijera a la víctima que le iba a  apuñalar. A continuación agredió con un objeto cortante a la víctima en la cara causándole lesiones, en concreto un profundo corte de la mejilla al pómulo que requirió puntos de sutura y otro en la nariz dirigiéndose posteriormente a los testigos para advertirles de que no relataran lo acontecido.

En el presente caso, según el juez, se desprende la existencia de un delito de lesiones causadas con instrumento peligroso al que el Código Penal señala una pena superior a dos años de prisión. El auto judicial recalca que "existen en la causa méritos bastantes para estimar responsable criminalmente de dicho delito al acusado, en concreto el relato de los testigos y el denunciante, el resultado de la primera intervención policial en el hospital y el parte de asistencia con descripción de las lesiones, incompatibles con la  mecánica descrita por el investigado".

Prisión provisional

Además, el juez adopta la decisión de prisión provisional para la que tiene en cuenta la probabilidad de reiteración que pone de manifiesto la mecánica delictiva que ha motivado su detención, los bienes personales en juego, la extrema violencia de la agresión (utilizando un instrumento peligroso con  un alto potencial lesivo con el que atacó a la cara de la víctima), el hecho de haberse dirigido con posterioridad a los testigos de los hechos y las elevadas posibilidades de eludir la acción de la justicia ante la gravedad de las penas que en su día pudieran imponerse y su situación irregular en territorio nacional.