pamplona. Quince años después de la tragedia del camping de Biescas, afectados de 14 familias, entre ellos el navarro Esteban Astarriaga, que perdió a su mujer y a una hija, todavía no han sido compensados por el daño sufrido. A pesar de que los tribunales reconocieron que la tragedia era "previsible y evitable" y responsabilizaron patrimonialmente al Ministerio de Medio Ambiente y al Gobierno de Aragón, el primero se niega a pagar su parte a aquellos afectados que, como Astarriaga, presentaron sus reclamaciones tras la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en 2005. Este fallo determinó una indemnización de 180.000 euros por víctima. "Acudiré al Tribunal de Derechos Humanos en septiembre y si no encuentro amparo iniciaré una huelga de hambre", asegura el estellés, quien junto a Sergio Murillo, cuyos padres y dos hermanos fallecieron en la riada, y Ángel Soria, que perdió a su mujer en el suceso, han vivido un calvario judicial que todavía sigue vivo.

Las lluvias torrenciales del 7 de agosto de 1996 arrasaron el valle de Tena en el Pirineo oscense se saldaron con 87 personas fallecidas, 200 heridos y más de 4,2 millones en pérdidas materiales. El camping Las Nieves, situado en el cono de deyección del barranco de Arás, sufrió durante más de una hora una tormenta que comenzó a las siete de la tarde y que descargó 500 litros de agua por metro cuadrado, lo que provocó una inmensa ola gigante que se precipitó sobre las tiendas, caravanas y vehículos de unos 600 campistas. El caudal que fueron recogiendo las distintas subcuencas y brazos del barranco se concentró, con letal intensidad, en el cauce principal, convertido en un río de enormes piedras, árboles arrancados, fango y maleza.

La riada arrastró como juguetes, durante los pocos minutos que tardó en dispersar su furia hacia el río Gállego, objetos y personas. Muchos de los veraneantes no tuvieron tiempo de enterarse de lo que ocurría y otro se enfrentaron a una larga odisea para salvar sus vidas. La verdadera dimensión de la tragedia no se pudo percibir hasta las primeras luces del día siguiente, que mostraron un paisaje de desolación y muerte.

riesgo Unos pocos días después la prensa desvelaba un informe elaborado diez años antes por un técnico del Gobierno aragonés en el que se alertaba del riesgo que suponía ubicar unas instalaciones frágiles, como las de un camping, en el cono de deyección del barranco. El informe abrió la batalla en los tribunales. En 1999, la Audiencia Provincial de Huesca ratificó el sobreseimiento de las diligencias previas del caso, ordenado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Jaca. La Sala dio la razón a los argumentos de la Administración, tendentes a considerar la catástrofe como un fenómeno meteorológico "extraordinario e imprevisible", según explica Elena Melero, abogada de Astarriaga y Murillo. El Tribunal Constitucional no admitió los recursos de amparo interpuestos por varios abogados de la acusación particular y el proceso judicial quedó así agotado en España sin acusados ni responsabilidades penales.

El litigio tomó a partir de ese momento dos vías, la contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional contra el Gobierno aragonés y el Ministerio de Medio Ambiente, y la presentación de una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, interpuesta por cinco personas, entre ellas Murillo, el primero en denunciar a España.

Los jueces de Estrasburgo escucharon que la tragedia se produjo en un camping cuya construcción dentro de un cauce torrencial no fue autorizada pero sí tolerada por la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), pero rechazó la demanda al considerar que ya había habido reparación y reconocimiento de la responsabilidad de la Administración puesto que la Audiencia Nacional había condenado en diciembre de 2005 al Gobierno aragonés y a Medio Ambiente como responsables patrimoniales al pago de más de 11,2 millones de euros a los afectados "porque reconoció que lo ocurrido era previsible, evitable y que, además, se habían vulnerado los derechos de los campistas", apunta Melero. Entre los indemnizados en 2005 estaban Murillo, que recibió la máxima cuantía, 210.000 euros por familiar fallecido al quedar huérfano, y Soria, pero no Astarriaga, quien había estado pleiteando hasta la decisión de la Audiencia de Huesca de cerrar la causa. La Audiencia Nacional considera prescrito su derecho a reclamar porque no lo hizo dentro del plazo, "pero ¿cuándo prescribió su derecho? -se pregunta Melero- Cuando la Audiencia Provincial dijo que era un suceso imprevisible e inevitable o cuando la Nacional dijo que era previsible y evitable. Le niegan el pan y sal, no le paga ni la DGA ni el Estado. Le adeudan todo, 360.000 euros".