pamplona - La denuncia de una doble agresión sexual denunciada en Pamplona en diciembre de 2016 con el presunto uso de sumisión química, en este caso de burundanga (las jóvenes despertaron en un piso con dos desconocidos sin saber qué hacían allí, sin recordar nada y doloridas), y que fue archivada por la titular del Juzgado de Instrucción 1 de Pamplona -quien también archivó un supuesto chivatazo policial de un agente de la investigación a su cuñado, que es uno de los dos investigados- ha dado un vuelco esta semana. La Sección Segunda de la Audiencia ha estimado dos recursos presentados por la acusación particular que ejercen las víctimas y, por lo tanto, obligan a la jueza a practicar más diligencias de investigación y a que la causa siga viva. Los encausados defienden que solo hubo sexo consentido.

La Audiencia considera que se debe practicar un informe pericial del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses del Ministerio de Justicia, informe que se negó a practicar la instructora. La Sala dice que “se revela como cuestión nuclear si las denunciantes prestaron -y si en su estado pudieron siquiera prestar- un consentimiento libre y voluntario, o si por el contrario, de conformidad con los síntomas que detallaron haber padecido, su voluntad se vio anulada o alterada por sustancias psicoactivas”. Por ello, recuerda que “procede acceder a dicha valoración pericial sobre cuestiones relativas a qué tipo de sustancias pueden producir los efectos detallados por las denunciantes, al tiempo de duración de sus efectos, a la manera en la que se pueden administrar, a si es posible que se diluyan en un líquido o bebida y otros extremos de información pericial”.

Además, el tribunal también ha estimado el recurso para que un tercer amigo de los investigados, policía foral de profesión y que estaba con ellos y las víctimas cuando estas dijeron ya no ser conscientes de sus actos, declare como investigado ante la juez. Este varón abandonó el local minutos antes de que lo hicieran los encausados con las denunciantes. La Audiencia expresa su discrepancia con la juez de instrucción, que entendía que no existían indicios contra este tercer varón de su participación en los hechos. La Sala aclara que “siendo incontrovertible el dato de que salió del bar antes de que lo hicieran las denunciantes y los investigados y desde allí se fue a su domicilio, dicho con todas las cautelas, no se puede compartir con la rotundidad que se expresa en el auto” esa falta de indicios.

LAS COMUNICACIONES El tribunal detalla que en la diligencia policial que analiza las cámaras del bar de Pamplona en el que coincidieron investigados y denunciantes “se puede ver a este tercer varón dando algo de pequeño tamaño a uno de los investigados, sin que las víctimas puedan verlo y coincidiendo con la hora en la que ellas dijeron no recordar nada (2.15 horas)”. La Sala explica que las denunciantes “comenzaron a perder la conciencia de lo que estaba ocurriendo dentro del bar a partir de las 2.00, coincidiendo con la llegada de este tercer varón (policía foral) y de los dos investigados al establecimiento”. Además, en el histórico de comunicaciones móviles de este hombre, “ha quedado justificado que mantuvo mensajes con los investigados en los que se compartían detalles sobre el modo de desarrollo de los hechos, la actitud de las denunciantes y la manera en que aquellas y estos actuaron, que avalan que su citación como investigado esté justificada”. En el chat de WhatsApp que comparten este tercer amigo preguntó cómo había terminado la noche. Uno de los investigados contestó que “ya conocía la casa” del otro. “El resto es PPV (pagar por ver). Añadiendo después el otro investigado la frase: “Les hemos cagado encima, no te digo más”. El 21 de diciembre, uno de ellos envió un whatsapp al mismo chat: “Ah, que te quieres poner en forma para pegarle a la tía esa si vuelves a verla, no... La última vez te quedaste con las ganas y le diste por el culo y todo y ahora lo que quieres es reventarla a puñetazos, no? Te quieres poner en forma, para matarla...”.- E.C.