pamplona - Cuando no queda otra vía, se ha agotado ya el diálogo, los requerimientos, los burofaxes, la vía directa pero última para que una comunidad de propietarios reclame a uno de sus inquilinos morosos las cantidades que adeuda es la presentación de un procedimiento monitorio en los juzgados. Otra cuestión es que la reclamación prospere con éxito y se obtenga la deuda reclamada, porque ya se sabe que muchas veces la vía directa no tiene por qué ser la más eficaz. Así es el caso de muchas de estas comunidades que ven cómo los propietarios morosos no poseen muchas veces nada más a su nombre, o mantiene deudas con otros acreedores y, por tanto, el recobro se convierte en un camino imposible. Al menos, lo que se constata en las últimas estadísticas que manejan en los Colegios de Administradores de Fincas, es que los impagos globales de las fincas comunitarias empiezan a dibujar una tendencia a la baja. De esta forma se ha encadenado en la Comunidad Foral el tercer año seguido en el que las deudas de las comunidades de propietarios ha experimentado un descenso considerable, bajada que no puede atribuirse tanto a los resultados de los monitorios como al hecho de que la liquidez de muchos de esos inmuebles se haya visto reforzada tras la salida de la crisis. Las deudas con el vecindario en Navarra alcanzaron los 21 millones en los años 2013 y 2014 y, a partir de esa última anualidad, han marcado una tendencia a la baja. En 2015 se anclaron en 20 millones de euros, en 2016 la morosidad se logró reducir hasta los 18,75 millones y en el último año completo, en 2017, la cifra no ha superado los 18,15 millones. El descenso es del 3,2% pero quizás lo más relevante es la línea continua que ya se ha perfilado. De la cantidad total también se ha visto reducida en un porcentaje similar (un 3,22%) la morosidad que procede de entidades bancarias. En Navarra, a día de hoy, suma 3,61 millones mientras que en 2016 llegaba a 3,73 millones.

El recurso a los tribunales queda dicho que es jugarse todo a la última carta. Antes, es aconsejable que al moroso se le pueda reconducir por otra vía, puesto que aunque el monitorio pueda resultar un procedimiento de tramitación ágil, el cobro se vuelve igual de complejo. Antes, es aconsejable intentar un plan aplazado de pago para que el moroso, viva o no en la finca, abone poco a poco la deuda. Si hace caso omiso, la comunidad puede adoptar el acuerdo por mayoría simple de iniciar un proceso judicial de reclamación de las cantidades. - E.C.