pamplona - El juez navarro que planteó una cuestión prejudicial, que derivó en el reconocimiento en junio por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del cobro del grado por parte del personal contratado de la Administración foral de Navarra, ha dictado la primera sentencia estimatoria al respecto, tras una demanda del sindicato ANPE en la que un profesor interino reclamaba este complemento.

El 20 de junio, el TJUE dictó un fallo por el que admitía el cobro del grado por parte del personal contratado administrativo de la Administración foral -los denominados interinos-, ampliable también a los ayuntamientos. Sin embargo, esta sentencia no se podía aplicar directamente en Navarra, sino que debía comunicarse al Juzgado nº 1 de Pamplona, que fue el que elevó esta cuestión prejudicial, para resolver en la línea expuesta en Europa para que el demandante pudiera ser el primer contratado temporal que percibiera el complemento retributivo del grado en la Comunidad Foral. Este 25 de julio el magistrado, que entonces estaba al frente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, estimó la demanda del funcionario recurrente al considerar que la decisión se sustenta en lo que afirmó el TJUE en respuesta a la cuestión prejudicial: “la directiva solo permite un trato diferente entre trabajadores fijos (en la Administración, los funcionarios) y trabajadores de duración determinada (en la Administración, los interinos) en el caso excepcional de que concurran razones objetivas”, indicó la nota emitida ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

El juez detalla que en la Comunidad “la norma excluye expresamente el pago del grado a los interinos, pero tal norma no es compatible con la directiva europea, porque no existe ninguna razón objetiva para ello. Lo decisivo, como razona en el fundamento jurídico quinto, estriba en que ambos trabajadores (funcionario e interino) realizan las mismas funciones y que ambos cumplen el requisito objetivo para ver reconocido el grado (llevar trabajando seis años y siete meses), dado que el grado no supone la retribución de ninguna actividad singular o particular, sino que se abona por el solo hecho de desempeñar la función durante ese tiempo, lo que puede cumplir tanto un funcionario titular como un interino”, resalta el comunicado.

El dictamen, que es firme ya que no cabe recurso, establece que el demandante debe cobrar el grado “en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera con los efectos que se deriven y con reconocimiento de las cantidades a las que tuviere derecho con sus intereses correspondientes”, pudiendo tener un efecto retroactivo de cuatro años.

una estimación de once millones Una vez conocida la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1, el Gobierno de Navarra debe decidir si reconoce este fallo para todo el personal contratado administrativo o por el contrario, va a esperar a que los afectados reclamen demandas individuales en el Juzgado para que se les abonen las cantidades correspondientes a la situación personal de cada uno. En el caso de que el Ejecutivo acate la sentencia, debe modificar el decreto para que los contratados administrativos tengan el mismo derecho de cobro que los funcionarios. En el caso de que lo hiciera, habría que comprobar si solo comienza a pagar el grado a este personal desde la modificación de la normativa o también reconoce la retroactividad de cuatro años.

El nuevo Gobierno que se va a constituir, compuesto por el PSN, Geroa Bai y Podemos, debe resolver este conflicto laboral que afecta como mínimo a 8.000 trabajadores de la Administración. El sindicato CSIF recordó ayer que en el proyecto de presupuestos de Navarra de 2019 se consignó una partida de unos once millones para hacer frente a una sentencia de este tipo, pero que quedó reducida a cuatro millones “sin explicación aparente”. El sindicato denunció “la falta de previsión por la insuficiencia de esta partida”.

Cómo funciona Los funcionarios de la Administración foral incrementan su salario a través de un complemento que van cobrando según su antigüedad. Cada seis años y siete meses ven aumentada su nómina por ese complemento conocido como grado. Los funcionarios perciben hasta un máximo de siete grados según avance su carrera profesional. Tanto el departamento de Salud como el de Educación, con alta eventualidad, son dos áreas con más personal favorecido por el dictamen realizado por este juez navarro. Sin embargo, esta compensación económica no es igual para todos, ya que el grado supone incrementar el salario un 9% cada vez que debe aplicarse pero ese porcentaje se aplica sobre el sueldo, que varía según el nivel en el que se encuadra cada contratado administrativo, recordaron desde AFAPNA. En la Administración existen cinco niveles: A, B, C, D y E (el A es el más alto y el E, el más bajo). Desde AFAPNA indicaron ayer que es muy complicado hacer una estimación del dinero que va a suponer esta sentencia para las arcas forales. “Solo puede saberlo el Gobierno”, reiteró.

CCOO manifestó en junio que los afectados podrán aspirar a cobrar uno o dos grados según el periodo que lleven trabajando.

el efecto retroactivo Los sindicatos AFAPNA y CSIF recomendaban ayer a los trabajadores afectados por este fallo que reclamen el efecto retroactivo de cuatro años del grado, por si el Gobierno de Navarra se niega a abonarlo. “Ya aconsejamos en enero a nuestros afiliados que demandaran entonces estas cantidades con efecto retroactivo”, indicaron desde CSIF.