pamplona - Dos entrenadores navarros han recibido una propuesta de sanción de seis meses de suspensión de su actividad por dirigir a lo largo de una misma temporada a dos equipos de diferente categoría. La práctica, al parecer, no es nueva, ya que en temporadas anteriores también se ha repetido el caso. La novedad es que por vez primera los técnicos van a ser sancionados.

En primer lugar fue Iñaki Sádaba el que recibió una propuesta de sanción, al parecer por una denuncia a la Federación Navarra. Sádaba empezó entrenando esta temporada a la Peña Sport, en Segunda División B, y fue destituido en la séptima jornada. Posteriormente le llamó el Erri-Berri para incorporarse al cuerpo técnico del equipo. Al técnico le tramitaron licencia como encargado de material en la Federación Navarra y, como tal, se sentó en el banquillo. A los dos meses la Federación Navarra dejó sin efecto dicha ficha por incumplimiento de normativa. Ya no volvió a sentarse en el banquillo. Aun así, y pese a haber tenido una licencia expedida por la Federación Navarra, ha sido propuesto para una sanción de seis meses de suspensión de su actividad.

Esta misma semana se ha conocido otro caso. José Arellano empezó la temporada entrenando en el Corellano de Tercera División. Hace unas semanas tomó el mando del Aluvión, de Regional Preferente. En su caso se sentaba en el banquillo como delegado. En las sanciones de esta semana se suspende por seis meses al técnico por dirigir a un segundo equipo en la misma temporada. "Estoy muy disgustado y perplejo por la sanción. En ningún momento me dijeron que no podía ejercer de delegado. No conozco que anteriormente haya habido sanción por este motivo. Nadie me ha avisado de que no pudiera hacerlo. Estamos pagando justos por pecadores", comenta Arellano.

El desconcierto de los entrenadores llega cuando la Federación Navarra es la que tramita las fichas y, según los afectados, "son ellos los que informan a los clubes cómo hay que hacerlo para que sea tramitada".

El Comité Navarro de Entrenadores está al tanto de lo ocurrido. "Esto nace porque en Navarra no se ha cumplido la normativa. Hemos tenido casos de entrenadores ejerciendo sin titulación ya sea porque no tenían el título requerido o porque no podían utilizarlo por haber ejercido en otro club en la misma temporada. Esto ha ocurrido y sigue ocurriendo", comenta un entrenador navarro, que añade que este año esta permisividad se ha roto a raíz del caso de Iñaki Sádaba, que se desata después de que el entrenador denunciara a la Peña Sport tras ser destituido.

¿cambiar la normativa? Desde la Federación Navarra de Fútbol ya se intentó cambiar la normativa referente a la posibilidad de que un entrenador ejerza su labor en dos clubes en la misma temporada con carácter regional hace un par de años. Ahora vuelve a retomar la iniciativa para que la situación quede regulada para el futuro. "La normativa nacional dice que una vez resuelto el contrato con un club no puede ocupar otro tipo de licencia ni hacer de delegado en otro club. A nivel nacional ya provoca diferencias con el tema de entrenadores que se van a dirigir a equipos en el extranjero. Como hombre de fútbol y hombre de derecho, en el ámbito regional ya planteamos cambiar la normativa y es algo que a mí me gustaría que quedara regulado. Si estamos hablando de un aficionado, entiendo que se podría plantear si puede volver a entrenar siempre que no coincidiera en el mismo grupo o en la misma categoría", comenta José Luis Díez, presidente de la Federación Navarra de Fútbol. Considera, asimismo, que "la falta es diferente si hablamos de entrenadores que ejercen su labor sin tener la titulación requerida. No hay que mezclar".

RFEF. Comité de entrenadores. Artículo 244. Si se resolviese el vinculo contractual entre un club y un entrenador, el último no podrá actuar en otro en el transcurso de la misma temporada, como entrenador, directivo, delegado o técnico, ya sea profesional o aficionado.

RFEF. Código disciplinario.

Art. 104: Infracciones de los entrenadores. c) Entrenar con título que no corresponda al exigido o hacerlo sin licencia. 2. El responsable será sancionado con supensión de uno a seis meses.

Los estatutos de la FNF recogen esto en el artículo 116.