estella-lizarra. El Ayuntamiento de Estella-Lizarra ha sido condenado en una reciente sentencia al pago de 4.050 euros porque el día 11 de septiembre alguien colocó una estelada en la ventana del despacho del grupo municipal de EH Bildu. La concejala de UPN, Begoña Ganuza, denunció esta situación con el objetivo de impugnar la actuación administrativa de la exhibición de la bandera independentista de Catalunya en la fachada del ayuntamiento.

En su demanda, Ganuza expresa que “el día 11 de septiembre de 2018, el Ayuntamiento de Estella permitió la exhibición en la fachada de la casa consistorial en un lugar principal, de la bandera independentista de Cataluña, conocida como estelada, con motivo de la celebración del día de la diada”, lo que, a su entender, supone una actuación material contraria a derecho. Ganuza argumentó que esta bandera no es la oficial de la Comunidad Autónoma de Catalunya, ni representa a todos los ciudadanos de la misma. “Es una expresión de un sentimiento político, no un símbolo institucional”. Apeló a la prohibición de exhibir otras banderas en edificios públicos que las legalmente reguladas en la Ley 39/1981, y el deber de respetar el principio de neutralidad y objetividad que rige la actuación de la Administración Pública.

El Ayuntamiento argumentó ante el juzgado que “ni exhibió, ni permitió exhibir en la fachada de la casa consistorial la bandera independentista catalana el día 11 de septiembre de 2018, ya que ninguno de sus órganos adoptó acuerdo alguno en el sentido de permitir la colocación de dicha bandera”. El Consistorio admite que la bandera se colocó desde el despacho del grupo municipal EH Bildu, “pero se trata de un acto llevado a cabo exclusivamente por los miembros de dicho grupo municipal, que no solicitaron permiso ni autorización para ello a ninguno de los órganos municipales”. Tal y como consta en el informe, la bandera fue retirada a requerimiento de la Alcaldía el mismo día que había sido colocada, “por lo que no cabe hablar de permisibilidad ni de un acto presunto del Ayuntamiento”, asegura.

Sin embargo, el juzgado entiende que procede la estimación de la demanda porque ninguna norma del ordenamiento jurídico permite que un Ayuntamiento coloque en su fachada la bandera independentista de Catalunya, y ello sin perjuicio de que tal exhibición, como indica el propio Ayuntamiento de Estella, haya tenido lugar en la ventana del grupo municipal EH Bildu.

El alcalde de Estella, Koldo Leoz (EH Bildu), lamenta esta decisión y es que explica que ordenó su retirada cuando supo que se había colocado. “Yo no puedo controlar que alguien cuelgue algo de las ventanas del ayuntamiento”, asegura y critica que Ganuza haya ido contra Estella en lugar de contra EH Bildu, quien se plantea pagar a las costas.

Los regionalistas señalaron por su parte que “sólo el alcalde y las decisiones adoptadas por Bildu son los responsables de que las arcas locales hayan tenido que asumir las diferentes costas judiciales por colocación de banderas no oficiales”.