todos los reos del procés sentados en el banquillo del Tribunal Supremo fueron apresados preventivamente sin haber desatendido antes ninguna citación judicial. Además de que en consecuencia no medió riesgo de fuga efectivo de esas personas concretas que fundamentase la reclusión provisional, tampoco podía achacárseles una capacidad de destruir pruebas una vez finiquitada la instrucción del magistrado Llarena. De ahí que sobre la vista oral planee la alargada sombra del escarmiento, equivalente a desproporción y por tanto a injusticia. Agudizada por una interpretación notoriamente expansiva de la Fiscalía al elevar desórdenes públicos esporádicos a la categoría de sublevación violenta para justificar el delito de rebelión con los veinticinco años de cárcel que acarrea. Altercados que por su gravedad relativa casan difícilmente con el alzamiento tumultuario que caracteriza la sedición y que comporta hasta tres lustros de prisión. Más allá de que habría que establecer un nexo inequívoco e individualizado de los eventualmente condenados con esas algaradas -incluso aunque fueran concebidas como rebelión o como sedición-, una lectura desapasionada de los hechos en conjunción con una aplicación garantista de la ley limita el debate jurídico a la supuesta malversación de caudales públicos para fines autodeterministas ilícitos y a la presunta desobediencia por desoir las advertencias de no superar el perímetro constitucional. Respecto al primer supuesto, ya el ministro Montoro cuestionó la desviación de fondos al menos en lo relativo a los apuntes controlados directamente por el Estado. Y en cuanto a la desobediencia, esa figura delictiva no ampara que se privara del grueso de la causa al juzgado natural, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, una tara que vicia de raíz el procedimiento. Así que ninguna justicia se ha hecho por el momento y mucha tela queda por cortar en el Supremo ante el traje a medida que encarga la Fiscalía. Hilo fino tendrá que usar luego el Constitucional ante la segura revisión ulterior por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, más después de los severos reveses en Bélgica, Escocia y Alemania. Otro fallo contrario en Estrasburgo resultaría letal para el Estado de Derecho español y consagraría definitivamente un atropello irreparable para los procesados.