El Juzgado de lo Social n1 de Pamplona ha condenado al Ayuntamiento de la capital navarra a indemnizar a nueve trabajadoras familiares y a devolverles su garantía de indemnidad tras la exclusión de las demandantes de las primeras plazas de las listas de contratación para el Equipo Municipal de Atención Domiciliaria (EMAD), que asiste en sus hogares a personas dependientes.

Así lo han dado a conocer este martes en una rueda de prensa la secretaria general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Navarra, Lucía Sesma, el responsable de Local de FSC de CCOO Navarra, David Rodríguez, y la delegada de CCOO y trabajadora familiar Susana Esparza.

En la sentencia, el juez señala la "existencia de vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en su modalidad de garantía de indemnidad" y declara la "nulidad de la actuación del Ayuntamiento de postergar a las personas demandantes en las listas de contratación temporal".

LOS HECHOS

Según ha relatado Rodríguez, en 2021, el equipo de gobierno municipal de UPN aprobó la creación de la empresa pública SAD Pamplona S.L., lo cual generó un "conflicto" porque "el convenio colectivo, en uno de sus artículos ya decía que no se podía externalizar el servicio". El TSJN "dio la razón a las trabajadoras" y el Ayuntamiento "tuvo que admitir a las trabajadoras como plantilla, asumiendo la gestión directa del propio servicio".

Sin embargo, en 2024, el nuevo equipo de gobierno "terminó de disolver la empresa pública y en vez de subrogar a las trabajadoras, decidió echarlas". Así, en febrero de 2024 se comunicó a la autoridad laboral la intención de los trámites del despido colectivo para las personas trabajadoras de la empresa pública SAD Pamplona S.L.

En el acuerdo del ERE se estableció que estas trabajadoras que habían sido despedidas se integraran en las listas de contratación temporal del Ayuntamiento de Pamplona "de forma preferente" (en los primeros puestos de la lista). El Ayuntamiento de Pamplona "no comunicó la cuantía de la indemnización a las trabajadoras despedidas".

CCOO, al "detectar errores en la forma y en las cantidades de indemnización", demandó el despido improcedente de nueve trabajadoras que decidieron demandar de forma individual, asesoradas por el equipo jurídico del sindicato. Al tratarse de una demanda de cantidades, "no se podía realizar de forma colectiva".

Tras esa impugnación, el Ayuntamiento de Pamplona, a instancias de los sindicatos representantes en el Comité de Personal Laboral (a excepción de CCOO), acordó "postergar a las nueve trabajadoras demandantes en las listas de contratación".

Estas trabajadoras "pasaron de ocupar los primeros puestos, tal y como se había pactado en el ERE de extinción de la empresa pública, a los últimos, vulnerando así un derecho fundamental, como es el acceso al empleo".

Tras esa "vulneración de derechos fundamentales", el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona obliga al Ayuntamiento de Pamplona a abonar, a cada afectada, una cantidad que ronda, según la persona y el daño causado, los 10.000 euros. El Ayuntamiento de Pamplona no ha recurrido la sentencia, por lo que la condena es firme.   

"SATISFACCIÓN" TRAS LA SENTENCIA

Por su parte, Susana Esparza ha señalado que "ha sido un problema muy complejo". "Cuando nos dieron los papeles del ERE hicimos lo que cualquier trabajador hace, que es llevar los papeles al sindicato a que te los revise. El sindicato nos estuvo diciendo a cada una de nosotras los errores que había y actuamos en consecuencia, no hicimos nada más", ha explicado, tras criticar que a raíz de ello, el Ayuntamiento "lo que hizo fue castigarnos".

"Ha sido un proceso bastante duro para todos nosotros, las personas afectadas, y ahora estamos bastante satisfechos, lógicamente, con la sentencia judicial", ha apuntado, tras esperar que el tema quede "zanjado" y de esta forma "iniciar una nueva etapa en la que podamos trabajar" en "el puesto en el que nos corresponda".