pamplona. Garzón será expulsado de la carrera judicial, no volverá a actuar como juez instructor y sus días en la Audiencia Nacional están finiquitados. El Tribunal Supremo dictó ayer sentencia condenatoria contra el ya exmagistrado (el Consejo General del Poder Judicial lo expulsará en unos días) y le inhabilitó para ejercer durante 11 años como culpable de los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales. Lo paradójico es que quienes han logrado la condena contra el juez estrella son los mismos que fueron acusados por él de crear, impulsar y dirigir la red Gürtel. Además, la paradoja raya el esperpento si se tiene en cuenta que, pese a estar en prisión, ninguno de los responsables de Gürtel ha sido condenado todavía, con lo que Garzón, quien destapo la trama, se convierte con la sentencia de ayer en la primera víctima judicial de este megaproceso.
El Alto Tribunal entiende que al ordenar la interceptación de las comunicaciones que mantuvieron en prisión Francisco Correa y Pablo Crespo con sus abogados, Garzón incumplió la obligación de respetar la confidencialidad en las relaciones entre letrado y cliente y lo hizo, además, siendo consciente de que no podía. Por ello, los siete magistrados que firman la sentencia, respaldan inhabilitarlo, arrebatarle de forma definitiva la condición de juez y condenarle a pagar una multa de 2.500 euros, amén de las costas.
Pero es que, además, en la sentencia, se acusa a Garzón de usar prácticas "que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios, en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado". Es decir, el juez que logró la detención de Pinochet, el procesamiento de los responsables de la dictadura argentina y que se atrevió a abrir un proceso contra el franquismo (por el que también espera sentencia), es equiparado, en sus prácticas, con los dictadores que dice perseguir. "La Justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia", afirma la sentencia.
sentencia El Supremo sostiene que Garzón, al ordenar las grabaciones, adoptó "una resolución injusta y restringió el derecho de defensa de los imputados sin razón alguna que pudiera resultar aceptable".
Pero este no es el único reproche que se hace al magistrado a lo largo de los 68 folios que sustentan la condena, ya que quienes la firman insisten en valorar su actuación como una "vulneración de los derechos fundamentales" porque "la investigación criminal no justifica por sí misma cualquier clase de actuación" y "la verdad no puede alcanzarse a cualquier precio".
De esta forma, continúa la resolución, Garzón prescindió de las "mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtió las previsiones constitucionales y legales en meras proclamaciones vacías de contenido". Esa decisión de Garzón, a juicio del tribunal, "se revelaba, a ojos de cualquiera, como un acto de mero voluntarismo" que se alejaba de modo "arbitrario y absoluto de la aplicación razonada del Derecho" causando "un daño totalmente injustificado y difícilmente reparable".
La sentencia sostiene que Garzón vulneró el Estado de Derecho, ya que "a pesar de no existir indicios de delito contra los letrados, ordenó que sus comunicaciones fueran intervenidas". "No puede aceptarse como motivación la simple suposición de que los sospechosos continuaban cometiendo delitos, o la mera posibilidad de que lo hicieran", como alegó Garzón. En opinión del tribunal, "nada impedía" al juez realizar otras actuaciones, como vigilar las actividades que continuaran ejecutando los internos para identificar a los responsables del delito y tomar medidas respecto a éstos, y no "con carácter indiscriminado, como se hizo contra todos los letrados", a los que se convirtió en imputados en la causa "sin razón alguna".