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Cerdán continuará en prisión por su papel de liderazgo y control en la trama

El Supremo considera que existe un riesgo grave de obstrucción a la investigación y avala los indicios de que el exnúmero 3 del PSOE dirigía y coordinaba el reparto de sobornos

Cerdán continuará en prisión por su papel de liderazgo y control en la tramaArchivo

El Tribunal Supremo ha decidido mantener en prisión preventiva al exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, al considerar que existen indicios “nutridos y poderosos” de que ejerció un papel de “dirección y control” en una presunta trama de adjudicaciones irregulares de obra pública a cambio de comisiones ilegales. Los magistrados advierten además de un “riesgo concreto y grave” de que el exdirigente socialista pueda destruir pruebas o influir en otros implicados si es puesto en libertad.

La Sala ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Cerdán contra la decisión del magistrado instructor, Leopoldo Puente, quien decretó su ingreso en prisión provisional sin fianza el pasado 30 de junio tras imputarle los delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias. La decisión ha sido adoptada por unanimidad por los magistrados Pablo Llarena, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral, que firman el auto.

Indicadores claros de riesgo

En su resolución, la Sala señala que concurren varios factores que justifican la medida cautelar. Entre ellos, destaca la posición de liderazgo que habría tenido Cerdán dentro de la trama, lo que le otorgaría un acceso privilegiado a pruebas, archivos y comunicaciones, así como capacidad de influir o presionar a testigos y concertarse con otros implicados para obstaculizar la investigación.

Según el auto, “las conversaciones reflejan que Santos Cerdán impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras concretas”, además de encargarse personalmente del reparto del dinero entre el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García. Los magistrados sostienen que era Cerdán quien gestionaba la información de las empresas que se comprometían a pagar comisiones, validaba los mecanismos ocultos de pago, y conocía el destino de los fondos.

Sólo él parece conocer el destino que dio al dinero, así como el camino que siguió hasta su entrega a los beneficiarios últimos, quiénes fueron éstos o dónde podría haber quedado depositado el dinero que no haya sido repartido”, afirma el Supremo.

Uno de los elementos valorados por el Supremo son las conversaciones telefónicas mantenidas entre los investigados, incautadas durante el registro en el domicilio de Koldo García. Estas comunicaciones, encontradas en dispositivos electrónicos, son descritas por el juez como “extraordinariamente elocuentes” y reflejan que Cerdán ostentaba funciones preeminentes y de dirección dentro de la trama.

A ello se suman mensajes de texto enviados por Cerdán a Koldo García, en fechas clave como el momento en que José Luis Ábalos fue nombrado ministro de Transportes, lo que refuerza la tesis de su implicación directa y continuada en las actuaciones bajo sospecha.

Investigación en fase embrionaria

La Sala subraya que la investigación sobre Cerdán “acaba de arrancar”, ya que hasta ahora estaba aforado como diputado, lo que agrava el riesgo de que pueda interferir en una fase crítica del procedimiento. Añade que el posible perjuicio no es el “genéricamente apreciable” en cualquier instrucción, sino uno “irremediable y grave” dada la naturaleza de los hechos y su papel en los mismos.

Uno de los elementos clave para mantener la prisión es que aún no se ha logrado identificar a todas las empresas supuestamente beneficiadas ni el recorrido completo del dinero ilícito. En este sentido, se destaca que solo las adjudicaciones a Acciona Construcción desde organismos dependientes del Ministerio de Transportes ascendieron a más de 537 millones de euros, mientras que el flujo de dinero detectado hasta ahora —alrededor de un millón— se considera “exiguo” según los estándares de operaciones similares.

Los magistrados de la Sala de Apelación respaldan plenamente los argumentos del juez instructor, cuya resolución califican de “racional, objetiva y detalladamente fundada”. Consideran que no existe trato discriminatorio con respecto a otros investigados, como alegó la defensa, ya que el papel de Cerdán en la trama es “en nada coincidente” con el del resto.

La resolución también destaca que el exdirigente socialista no ha colaborado con la justicia ni ha ofrecido explicación alguna sobre los hechos, lo que, aunque forma parte de su derecho procesal, “no lo coloca en la misma posición que quien ha admitido su responsabilidad o coopera sinceramente”.

Enriquecimiento aún sin esclarecer

El tribunal señala como relevante el hecho de que la actividad presuntamente delictiva pudo haber generado un enriquecimiento personal para Cerdán, cuyos activos no han sido localizados. La posibilidad de que intente ocultarlos o moverlos a través de terceros refuerza, según el auto, la necesidad de mantener la medida de prisión preventiva.

Sólo él conoce el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado”, subraya el Supremo, aludiendo a la existencia de posibles depósitos o sociedades pantalla que todavía no han sido descubiertos.

El auto insiste en que el riesgo de obstrucción es mayor en el caso de Cerdán que en el de otros implicados, ya que posee capacidad para destruir documentos, crear justificantes falsos, influir sobre testigos o mover el dinero ilícitamente obtenido. Según el tribunal, esta amenaza “no es en modo alguno apreciable con la misma intensidad respecto del resto de investigados”.

Este riesgo no se disipa por el hecho de que algunas de estas actuaciones pudieran haber sido intentadas antes de su ingreso en prisión, ya que ahora el investigado dispone de una visión más clara de los objetivos de la investigación y de los puntos aún no esclarecidos, lo que le permitiría elaborar estrategias más eficaces de obstrucción.

El contrato privado con Servinabar

El auto también menciona como indicio relevante un contrato privado de compraventa en el que el propietario de la empresa Servinabar 2000 cedía 1.350 de las 3.000 participaciones sociales a nombre de Cerdán. Aunque el contrato no se elevó a escritura pública, el juez no considera verosímil la explicación del exdirigente socialista de que se trataba de una simple intención de invertir, que fue descartada días después.

“Ni la duda sobre abandonar la actividad política exigía firmar el contrato hasta que la decisión estuviera tomada, ni la frustración del acuerdo es compatible con que el contrato se haya conservado durante tanto tiempo”, afirma el auto. Además, no se descarta que Cerdán estuviera detrás de la actividad y de las ganancias obtenidas por la empresa a través de contrataciones públicas.

Por todo ello, el Supremo concluye que el mantenimiento de Cerdán en la cárcel de Soto del Real es necesario para evitar que la investigación sufra “erosiones” en un momento crucial y para garantizar el esclarecimiento de los hechos. “El marco indiciario desvela por sí solo la naturaleza de la actividad desplegada y cómo los investigados se repartían de manera furtiva unas cantidades portentosas e injustificadas de dinero”, concluyen los magistrados.