La plataforma especializada en las reclamaciones por complemento de paternidad, que se denomina Complemento Paternidad Navarra y que dirige el bufete de abogados Iribarren, ya tiene abiertos dos centenares de expedientes de esta materia para presentar las demandas correspondientes en los juzgados de lo Social de Pamplona. Ahora, los letrados del despacho han iniciado una campaña intensa de información en distintos clubes de jubilados de la Comunidad Foral para dar a conocer las claves de estas reclamaciones. Si el martes estuvieron en Orkoien, esta tarde de miércoles han visitado la sede de la Unión de Jubilados de Alsasua, donde medio centenar de personas se han interesado por la temática. En las próximas semanas darán igualmente charlas a asociaciones de jubilados en Burlada, Villava, Ribaforada, Buñuel y Fustiñana, entre otros municipios. Buen funcionamiento.

Los juzgados de lo Social de Pamplona estiman dichas demandas en el caso de que reúnan tres requisitos: que sean hombres jubilados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y que tengan dos o más hijos. Así se les aplica en el cobro de su pensión el llamado complemento de paternidad, que supone revalorizar la pensión actual entre un 5% (dos hijos), un 10% (3 hijos) y un 15% (4 o más hijos) en función del número de descendientes. Esta cantidad se abonará sumada a la pensión durante todas las nóminas en las 14 pagas y suelen ser cantidades que oscilan entre los 300 y los 400 euros, dependiendo de la pensión que tenga el particular en cuestión, por lo que cuanto mayor sea la pensión que cobre y cuantos más hijos tenga, mayor será el complemento que reciba.

Por tanto, desde que al jubilado se le reconozca su derecho empezará a cobrar la revalorización cada mes en su pensión de jubilación. Además, al estimarse las demandas, el pensionista cobra de inicio una indemnización en pago único y directo en el que se se le reconocen de manera retroactiva todos los atrasos que no le habían sido reconocidos desde su fecha de jubilación. Hay casos que han alcanzado indemnizaciones de 30.000 euros en pagos recibidos de una sola vez. La reclamación efectuada a la Seguridad Social es rechazada por esta de inicio y también posteriormente en vía administrativa negada por el organismo estatal, pero sin embargo, al acudir a la vía judicial, no es necesaria siquiera la celebración de vista oral porque la Seguridad Social se allana a los procedimientos presentados y estima las pretensiones de los jubilados. Es un proceso que suele tardar de tres a seis meses.