La plataforma Navarra Revolving, liderada por el Bufete Iribarren Abogados, lleva años como despacho de referencia en la lucha contra las prácticas abusivas asociadas a las tarjetas revolving. Desde su creación hace tres años, dicha plataforma ha gestionado con éxito más de 1.500 procedimientos. Para la citada plataforma, un obstáculo importante hasta ahora para combatir en el ámbito judicial la legalidad de las revolving era que el criterio predominante se centraba en valorar la posible usura del producto, centrado exclusivamente en la evaluación de los intereses excesivos. Este enfoque, más restrictivo, solía ser favorable a las entidades bancarias. Sin embargo, las recientes sentencias del Tribunal Supremo han introducido un cambio fundamental en la doctrina, permitiendo que ahora estimen las reclamaciones por la nulidad de los contratos revolving basadas en la falta de transparencia. Siempre que una tarjeta revolving tenga un método de cálculo revolving, tendrá viabilidad.
DERECHOS
A pesar de este cambio doctrinal y la mejora que ha conllevado en la protección jurídica del consumidor, uno de los principales obstáculos sigue siendo el desconocimiento de los consumidores de la tenencia de dichas tarjetas, lo que dificulta que puedan ejercer sus derechos. Para ayudar a identificar este tipo de productos financieros, hay que fijarse en el tipo de tajeta que se dispone. Igualmente, el tipo de pago mensual va generalmente asociado a una cuota fija, con la que nunca acabas de pagar la deuda. Se usa como una tarjeta de crédito normal, pero a pesar de ir pagando, no se amortiza prácticamente capital y solo se van pagando intereses.
En definitiva, estas sentencias refuerzan la obligación de las entidades financieras de garantizar la total transparencia en los contratos de crédito al consumo. Para que una cláusula sea válida, el consumidor debe recibir información clara, comprensible y accesible antes de firmar el contrato, incluyendo detalles sobre la TAE, el sistema de amortización y comparaciones con otras ofertas disponibles en el mercado.
SUPREMO
Jorge Iribarren, socio fundador de Bufete Iribarren Abogados y Navarra Revolving, destaca que el Supremo “ha fijado con estas sentencias un antes y un después en las tarjetas revolving, ya que no se discute si tienen usura o no, si no que de manera objetiva si el método de cálculo es revolving, serán nulas por ello”. El letrado Iñaki Iribarren, socio del anterior, refrenda que “la sentencia del Tribunal Supremo es un hito histórico. Ayudará a que muchas personas se animen a reclamar sus tarjetas. El principal problema que nos encontramos es que muchos ciudadanos desconocen que tienen una tarjeta revolving, ya que piensan que su tarjeta de crédito puede ser normal y que no es revolving, y muchas veces están equivocados. En Navarra Revolving y en el bufete se lo podemos aclarar rápidamente, con cita previa, si nos facilita los datos oportunos”.