El alquiler universitario, bajo lupa en Pamplona: múltiples consultas sobre contratos y fianzas
Consumidores Irache recibe más de 400 reclamaciones y dudas de todo tipo sobre alquileres en dos meses
La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha recibido en los dos últimos meses más de 400 reclamaciones y consultas vinculadas al alquiler de viviendas, entre ellas dudas sobre los precios que se pueden aplicar, la duración de los contratos o las fianzas que deben adelantarse.
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Un número significativo de estas gestiones ha estado relacionado con el arrendamiento de pisos para estudiantes, informa la asociación en un comunicado. Tanto propietarios como inquilinos han preguntado si era posible firmar un contrato únicamente para el curso universitario o si debían figurar todos los inquilinos en el mismo.
Otra parte importante de las consultas ha tenido que ver con problemas en la devolución de las fianzas o con la realización de arreglos en la vivienda. A estas cuestiones se han sumado dudas sobre cuánto puede incrementarse la renta en las prórrogas anuales y cuál es el precio máximo permitido para poner una vivienda en alquiler.
Irache señala que con la nueva normativa muchos ciudadanos quieren conocer hasta dónde pueden ajustar los precios. En las viviendas situadas en zonas de mercado tensionado que ya hayan estado alquiladas en los últimos cinco años, el nuevo contrato no podrá fijar un pago superior al de la última renta, aplicando la cláusula de actualización anual.
En los casos de viviendas no alquiladas en ese periodo y cuyos propietarios sean grandes tenedores, la renta pactada no podrá sobrepasar el límite establecido por el índice de precios de referencia. Además, los arrendatarios podrán prorrogar el contrato hasta tres años en las mismas condiciones.
Las consultas recibidas han abarcado múltiples aspectos del alquiler. Entre ellas, la duración de los contratos, que se prorrogan automáticamente hasta cinco años -siete si el arrendador es una empresa- cuando la duración inicial es inferior o no se ha concretado.
Una vez superado ese periodo, el contrato puede prolongarse anualmente hasta tres años más si ninguna de las partes manifiesta lo contrario, con plazos de comunicación distintos para propietario e inquilino. La ley contempla prórrogas extraordinarias en casos de inquilinos vulnerables o de viviendas ubicadas en zonas tensionadas.
Alquiler para estudiantes
En cuanto a los alquileres para estudiantes, la asociación recuerda que pueden formalizarse contratos de temporada con una duración menor y un motivo específico, como el curso académico.
Irache explica también que los inquilinos pueden desistir del contrato a partir del sexto mes, comunicándolo con treinta días de antelación, y que el arrendador puede recuperar la vivienda antes de cinco años si lo necesita para sí mismo o familiares directos, siempre que lo haya hecho constar en el contrato y lo comunique con dos meses de antelación.
Respecto a las garantías, la ley establece una fianza mínima de una mensualidad en los arrendamientos de vivienda habitual -dos en los de temporada-, a la que puede añadirse una garantía adicional que no supere el equivalente a dos mensualidades más. Como norma, la fianza debe devolverse al final del arrendamiento.
Otras consultas se han referido a la actualización de la renta, que solo procede si se ha pactado y no puede superar la variación del IPC, o a la obligatoriedad de realizar el pago por medios electrónicos salvo que el inquilino no tenga acceso a ellos.
También se ha planteado la conveniencia de poner a nombre del inquilino los contratos de suministros, la obligación de inscribir los contratos de vivienda habitual en el Registro de Arrendamiento de Navarra, la exigencia de contar con certificado energético salvo excepciones, o la responsabilidad de las reparaciones, que corresponde al propietario salvo el desgaste ordinario, que asume el inquilino.
Finalmente, la asociación recuerda que el arrendatario no puede ceder el contrato ni subarrendar la vivienda sin el consentimiento escrito del propietario y que los gastos de gestión inmobiliaria deben correr a cargo del arrendador, de acuerdo con la Ley de Vivienda estatal.
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