Pamplona. El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai, PSN e I-E, la abstención de UPN y el voto en contra del PPN, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral sobre el derecho subjetivo a la vivienda en Navarra.

La proposición de Ley Foral impulsada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E tiene por objeto "reconocer de forma explícita y con carácter reclamable ante las Administraciones Públicas el derecho a una vivienda digna y adecuada para cualquier persona empadronada en la Comunidad Foral".

Según recoge, en ausencia de vivienda disponible, la satisfacción de tal derecho se sustanciará mediante un sistema de deducciones fiscales por arrendamiento que serán abonadas de forma anticipada, conforme a lo dispuesto en esta Ley y en el Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF.

La prestación tiene dos modalidades, una de las cuales está vinculada a la necesidad de alcanzar la empancipación y, por tanto, dirigida a personas jóvenes de entre 23 y 30 años, cuyas rentas (incluidas las exentas) no superen los 20.000 euros o, si es miembro de una unidad familiar, los 30.000 euros de manera conjunta.

Tendrán derecho a una deducción del 50% de la renta por arrendamiento satisfecha en el período impositivo, con un límite máximo de 250 euros mensuales. Se abonará de forma anticipada, previa justificación de la renta satisfecha cada trimestre.

La otra está ligada a la insuficiencia de recursos económicos para financiar el acceso a una vivienda, esta con carácter permanente, mientras sus ingresos sean inferiores a 1,7 veces el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).

En este caso la deducción será del 50% de la renta de alquiler satisfecha en el período impositivo, hasta un límite de 300 euros mensuales, para aquellas personas inscritas en el Censo de solicitantes de Vivienda Protegida (en la modalidad de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra) con una antigüedad ininterrumpida igual o superior a un año a fecha de 1 de enero.

La deducción ascenderá al 60%, hasta un límite de 360 euros mensuales, si se es beneficiario del programa de Vivienda de Integración Social en arrendamiento, con una antigüedad igual o superior a dos años, a fecha de 1 de enero de cada ejercicio.

La Ley contempla un calendario gradual de reconocimiento del citado derecho, en función de la dotación de los recursos económicos, materiales y organizativos necesarios para ello.

Las diferentes modalidades de deducción serán incompatibles entre sí y con la desgravación por alquiler de vivienda establecida en la Ley Foral del IRPF, así como con las ayudas de emergencia o extraordinarias para el pago de gastos de alquiler concedidas por el Gobierno y con las subvenciones por arrendamiento previstas para viviendas protegidas o adscritas a la Bolsa de Alquiler.

Se contemplan además una serie de obligaciones, entre ellas la imposibilidad de destinar las viviendas protegidas al alquiler turístico y la obligación de realizar el Informe de Evaluación de Edificios a los inmuebles unifamiliares.

En el caso de transmisión de viviendas protegidas, se faculta para poder designar a un demandante de vivienda como potencial comprador cuando así lo estime el departamento competente.

La norma contempla dotar a la vivienda protegida de un blindaje que la protege frente a ejecuciones hipotecarias en las que a la pérdida del piso se le suma el mantenimiento de una deuda que impide empezar de cero. Únicamente en el supuesto de adquisición mediante dación en pago tendrá derecho el nuevo titular a volver a transmitir la vivienda protegida por el precio máximo fijado con carácter general. En su defecto, se reducirá al 50%.