El Gobierno de Navarra ha propuesto modificar la ley foral de Haciendas Locales con objeto de "agilizar y simplificar los procedimientos de gestión presupuestaria de las entidades locales y facilitar el uso de sus remanentes".

La Comisión Foral de Régimen Local, en la que se reúnen el Gobierno de Navarra y las administraciones locales, ha informado favorablemente sobre este anteproyecto de ley foral que contempla, además de la exención del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), bonificaciones fiscales potestativas relativas a la contribución territorial en viviendas de familias numerosas, monoparentales o en situación de monoparentalidad, así como para el fomento de las energías renovables.

El Ejecutivo foral tiene previsto aprobar este miércoles en sesión este anteproyecto y seguidamente se enviará al Parlamento de Navarra para su tramitación y, en su caso, posterior aprobación, ha informado el Gobierno en una nota.

AGILIZAR LA TRAMITACION DE MODIFICACIONES

En concreto, con objeto de poder facilitar el uso de los remanentes de tesorería, el anteproyecto de ley contempla agilizar la tramitación de las modificaciones presupuestarias. A este respecto, el pleno podrá aprobar créditos extraordinarios o suplementos de crédito financiados con remanente sin necesidad de esperar a la aprobación de la liquidación del presupuesto, lo que también se prevé para la incorporación de créditos no gastados del ejercicio anterior.

Igualmente, se contempla la posibilidad de que el pleno recoja en las bases de ejecución un mecanismo más ágil de tramitación y entrada en vigor de las modificaciones presupuestarias que son de su competencia, como la publicación en el tablón de anuncios municipal, en lugar de tener que remitir al Boletín Oficial de Navarra, o la disminución de los días desde su aprobación inicial hasta su aprobación definitiva, como sucedía hasta ahora.

Otra novedad es que las entidades locales podrán tramitar, entre otros, expedientes de contratación de manera anticipada a la existencia del crédito, no sólo para el ejercicio siguiente (como ya prevé la actual Ley Foral 2/2018, de Contratos Públicos), sino también para el ejercicio en curso.

Asimismo, en el ejercicio de la competencia histórica de Navarra en materia de haciendas locales, se desarrolla normativa foral para el cumplimiento de las reglas fiscales en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Esta normativa no sería de aplicación para los ejercicios 2020 y 2021, puesto que las reglas fiscales están suspendidas para estos años por un acuerdo del Gobierno de España.

No obstante, el anteproyecto recoge, como principales novedades en materia de estabilidad presupuestaria que, en primer lugar, ante posibles incumplimientos por uso del remanente de tesorería, ya no es necesario elaborar un Plan Económico Financiero sino que es suficiente con un informe al pleno de la entidad local de similares características.

Este supuesto estaría siempre supeditado a que se cumplan los criterios generales para el equilibrio y sostenibilidad financiera de las haciendas locales. La dirección general de Administración Local y Despoblación, en ejercicio de la tutela financiera de las entidades locales de Navarra, podrá requerir la información adicional que considere precisa, así como la adopción de medidas complementarias en su caso.

En este sentido, desde el Gobierno foral han recordado que los remanentes de tesorería de las entidades locales, es decir, sus ahorros, presentan una capacidad de financiación relevante para acometer las medidas que cada entidad local considere oportuno implementar en beneficio de sus vecinos y vecinas.

Finalmente, se modifica la fecha para la aprobación de la liquidación del presupuesto, que pasa al 31 de marzo, y para la presentación de los estados y cuentas de la entidad local, que pasa al 30 de abril. Además, se simplifican los procesos de fiscalización y control interno, puesto que se posibilita la intervención previa limitada para todas las entidades locales, así como un régimen de control interno simplificado para las de menor tamaño.

TRIBUTOS LOCALES

Por otra parte, el anteproyecto recoge, en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), su exención para sujetos pasivos que tengan una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros. La pérdida de ingresos que esta medida suponga para los ayuntamientos se compensará anualmente a través del Fondo de Haciendas Locales.

Para los ayuntamientos menores de 5.000 habitantes está compensación será del 100%, mientras que para el resto de los ayuntamientos se les aplicará una disminución del 5% en concepto de morosidad y gastos y gestión del impuesto.

Asimismo, el anteproyecto contempla otras novedades en materia de tributos locales. En lo que respecta a la contribución territorial, los ayuntamientos podrán fijar una bonificación de hasta el 90% sobre las viviendas de las familias numerosas, monoparentales o en situación de monoparentalidad.

Para el fomento de las energías renovables los ayuntamientos podrán establecer una bonificación de hasta el 50% sobre los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables y de hasta el 95% del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) cuando se trate de construcciones, instalaciones u obras para el aprovechamiento de energía solar u otras renovables.

Se posibilita a su vez, el aplazamiento de deudas tributarias cobradas por recibo para facilitar el pago de las personas que tengas dificultades económicas.

En relación al impuesto de circulación, se amplía el ámbito de la exención de los vehículos especialmente adaptados y de los matriculados a nombre de personas con discapacidad al desaparecer la vinculación de la exención a la potencia fiscal del vehículo. Además, se actualizan las tarifas correspondientes al impuesto de circulación en un 4,3% para el año 2021.

Finalmente, en lo referente a las plusvalías, se actualizan los coeficientes y se aclara cuál es el valor de adquisición que se debe tomar a efectos de determinar si hay o no incremento de valor cuando se produce una transmisión posterior a otra que ha estado exenta.