pamplona - Las subastas electrónicas de bienes inmuebles, muebles y vehículos quedan prácticamente desiertas en Navarra. El pasado octubre se cumplió un año desde que se pusiera en marcha este sistema a través de Internet que sustituyó las pujas presenciales en los juzgados, con el objetivo de intentar fomentar la venta de los bienes en proceso de ejecución hipotecaria o embargos.
Sin embargo, aunque parece que desde su entrada en vigor los pujadores han adquirido más bienes, el porcentaje sobre el total de subastas sigue siendo bajo, de un 5% aproximadamente. “En el proceso de la subasta solo ha variado el acto en sí; ya que la normativa no ha cambiado”, recuerda José Alonso, letrado (antiguo secretario judicial) del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona.
Actualmente, el portal web muestra en Navarra la subasta de 39 bienes inmuebles, casi el 67% viviendas y el resto locales comerciales o naves, cuyos acreedores reclaman casi cinco millones de euros, aunque el valor de la subasta de dichos bienes asciende casi a los ocho millones, según se observa en la información que facilita el portal de subastas del Boletín Oficial del Estado (BOE). La mayoría de los inmuebles se detectan en Pamplona y su comarca, aunque también aparecen de otras zonas como Falces, Ribaforada, Murillo El Fruto o Viana. El 74% de los acreedores son entidades financieras y un 10%, particulares o empresas.
El portal constantemente se va actualizando e incluyendo las nuevas subastas de los diferentes bienes. “La mayoría son viviendas, y en alguna ocasión se han vendido coches, pero muy pocos”, recuerda Alonso.
cuál es el procedimiento Cuando se ha tasado el valor de un bien inmueble, mueble o turismo, el Juzgado correspondiente recopila la información para realizar la subasta: la cantidad reclamada, su valor -que no tiene que coincidir con la deuda-, el importe del depósito, la descripción del bien, dónde se ubica, si se puede visitar o no, quién es el acreedor y si ha recibido pujas. En el caso de que alguien haya ofrecido una cantidad de dinero por ese bien, únicamente el pujador tiene información de la oferta máxima. Una vez que el Juzgado ha completado la ficha, la envía al portal del BOE, que gestiona la subasta. Antes de publicarse, el acreedor debe pagar una tasa, “no muy alta”, recuerda Alonso, para su activación. Concluido ese trámite, se inicia la subasta que se extiende durante 20 días naturales porque como se trata de una web estatal, los festivos no son iguales en toda España. “No suele haber muchas pujas: ahora se mueve algo más, pero igual se vende un inmueble de 20”, cuenta este letrado de Pamplona.
Cualquiera puede acceder al portal y participar en la puja, pero para ello debe registrarse y dar su número de cuenta corriente, ya que en el momento que lanza una oferta económica, el portal descuenta de esa cuenta el 5% del valor de tasación del bien. La puja debe superar el 70% del valor de tasación, y el subastero puede mantener su oferta, lo que se llama “reservar postura”, califica Alonso. Y es que si la persona que ha hecho la puja máxima no paga, el siguiente en la lista puede optar a quedarse dicho bien. Transcurridos los 20 días, el Juzgado consulta las pujas, y aprueba automáticamente la operación si ha comprobado que se ha realizado todo el proceso correctamente. “En ese momento, el portal de subastas manda el depósito a la cuenta del Juzgado correspondiente; y al subastero se le da un plazo de 40 días para que abone la cantidad restante”, explica Alonso. Una vez que ingresa el dinero “se dicta el decreto de adjudicación del bien para que pueda ir al registro de la propiedad e inscribirlo a su nombre”, especifica.
Estos bienes pueden tener cargas o estar libres de ellas, y esa información también se comunica al subastero. “Cuando se saca el precio de remate, no se incluyen las cargas. Por eso, la persona que compra el inmueble deberá asumir esas cargas anteriores a la subasta”, manifiesta este letrado.
qué ocurre si no hay oferta Sin embargo, “las subastas quedan desiertas la mayoría de las veces”, confiesa Alonso. En ese caso, el acreedor -que en un porcentaje importante son entidades financieras- dispone de 20 días para pujar por el bien. “Si se trata de una vivienda habitual, se lo tiene que quedar por un mínimo del 70%; incluso si el deudor debe menos de esa cantidad, el acreedor puede pujar por el 60%”, aclara. En el caso de que el inmueble no sea el habitual, el porcentaje mínimo se establece en el 50% de la tasación.
Desde octubre del año pasado, los Juzgados trabajan con la subasta electrónica, que como recuerda Alonso surgió de la iniciativa de un compañero de Murcia: “Se le ocurrió realizar las subastas por Internet y se observó que tenía más éxito que los demás que no vendíamos nada. Empezó a colaborar con el Ministerio y trabajaron para llegar a la herramienta actual”. Pero, a pesar de que uno de los objetivos buscaba fomentar la venta, en estos catorce meses prácticamente las subastas han quedado desiertas ante falta de pujadores.
Bienes inmuebles. Viviendas, garajes, solares, etc.
Bienes muebles. Maquinaria, mobiliario, etc.
Vehículos. Turismos, vehículos industriales, y otros vehículos.
Esperar hasta el último momento. Los subasteros suelen esperar hasta el último momento para presentar su puja e intentar así quedarse con el bien que se oferta. Sin embargo, si esto sucede, la subasta se puede ampliar una hora más y así hasta un máximo de 24.
39
El pasado sábado este periódico consultó las 39 subastas abiertas y comprobó que en ninguna de ellas se había realizado puja.