El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, un decreto foral por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Básica para personas adultas en la Comunidad Foral, estructurada en dos etapas: enseñanzas iniciales y Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA). 

Según ha explicado este miércoles en rueda de prensa el consejero de Educación, Carlos Gimeno, el objetivo es facilitar que personas mayores de 18 años tengan la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional, teniendo en cuenta las necesidades especiales o de atención a la diversidad y conciliación con otras responsabilidades y actividades que puede tener este sector de población. Excepcionalmente, pueden acceder a esta modalidad educativa las personas mayores de 16 años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento, entre otras circunstancias.

Los nuevos currículos de enseñanzas iniciales y Educación Secundaria para personas adultas plantean la adquisición de conocimientos, destrezas y actitudes vinculados a sus intereses y con un mayor anclaje con el mundo profesional. Se trabajará en ocho competencias clave enfocadas a la formación en comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital, el emprendimiento social y empresarial, el fomento del espíritu crítico y científico, la educación emocional y en valores, la igualdad de género y la creatividad. Se considera que la adquisición de estos aprendizajes fundamentales “contribuye a la integración de las personas adultas y aumenta sus posibilidades de continuar con su formación y de mejorar sus circunstancias personales, sociales y laborales”.

El decreto foral plantea una metodología para impartir estas enseñanzas flexible, abierta e inclusiva, que fomenta el autoaprendizaje y el desarrollo de la autonomía personal, y tiene en cuenta las particularidades propias de la población adulta, cuyo proceso de aprendizaje precisa de un enfoque metodológico específico, que parta de sus experiencias personales y preste especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. 

Así, se prevé potenciar procesos de aprendizaje significativos a través de la realización de proyectos conectados con las necesidades, experiencias y vivencias de las personas adultas, explotando el potencial formativo del bagaje cultural individual de cada alumna o alumno y de los aprendizajes formales, no formales e informales adquiridos.

ACTUALIZACIÓN

Mediante el decreto foral aprobado hoy, el Ejecutivo foral actualiza el anterior marco normativo para estas enseñanzas en la Comunidad Foral, un decreto foral que data de 2009. Se adapta de este modo a las nuevas disposiciones de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, que reconoce en su artículo 5 que todas las personas deben tener posibilidad de formarse a lo largo de la vida con el fin de adquirir, actualizar, completar y ampliar su capacidad, conocimientos, habilidad, aptitud y competencias para su desarrollo persona y profesional, y que el sistema educativo debe facilitar a las personas adultas su incorporación a las distintas enseñanzas, favoreciendo la conciliación del aprendizaje con otras responsabilidades y actividades.

El mismo artículo indica que corresponde a las administraciones públicas promover ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso, las correspondientes titulaciones, a aquellas personas jóvenes y adultas que abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación.

Este decreto foral ha sido impulsado desde el Departamento de Educación, dentro del marco de la Ley Foral 19/2002, reguladora de la educación para personas adultas en la comunidad foral, y que establece los mecanismos e instrumentos para su estructuración, desarrollo, coordinación y evaluación. 

El Departamento de Educación contribuirá al desarrollo del currículo establecido en el decreto foral, favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades del alumnado y del profesorado.

Por su parte, los centros que imparten estas enseñanzas elaborarán sus propuestas pedagógicas para el alumnado atendiendo a su diversidad. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje y favorezcan la capacidad de aprender de forma autónoma.

El decreto foral consta de tres capítulos, 27 artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria única y cuatro disposiciones finales. Cuenta con el visto bueno del Consejo Escolar de Navarra, como órgano superior de consulta y participación de los sectores sociales afectados en la programación general de la enseñanza no universitaria dentro del ámbito de la Comunidad Foral.

847 MATRÍCULAS

La regulación y el nuevo currículo se aplicará en los centros educativos de Navarra autorizados por el Departamento de Educación que imparten la Educación Básica para personas adultas en la Comunidad Foral de Navarra.

Las Enseñanzas Iniciales I y II se podrán ofertar en 2 centros públicos (CPEBPA José María Iribarren de Pamplona y CPEBPA de Tudela); y en 5 zonas (EBPA Altsasu / Alsasua, EBPA Estella-Lizarra, EBPA Sangüesa / Zangoza, EBPA Elizondo-Lekarotz y EBPA Tafalla). La Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA) se podrá ofertar en. 8 centros (IESNAPA Félix Urabayen de Pamplona, IES Benjamín de Tudela, IES Marqués de Villena de Marcilla, IES Ega de San Adrián, IES Tierra Estella de Estella, IES Sancho III el Mayor de Tafalla, IESO del Camino de Viana y el IES Pablo Sarasate de Lodosa.

En el curso 2024 / 2025, el número de personas adultas que están matriculadas en estas enseñanzas es de 847 personas.