La Memoria de la Fiscalía se detiene en la preocupación desde los equipos técnicos y los abogados especializados en menores sobre la cancelación de antecedentes penales de los menores condenados por delitos contra la libertad sexual, en tanto que establece un plazo único de 10 años para la cancelación de los antecedentes. Este plazo computa desde que los jóvenes alcancen su mayoría de edad o por el cumplimiento de la medida.
Este plazo es único y opera para todos los tipos penales de esa naturaleza por igual, lo que pueda resultar excesivo en los delitos sexuales de menor entidad. Esta consecuencia, de algún modo, dice la Fiscalía, contradice la finalidad educativa de los menores, el principio de la flexibilidad de la jurisdicción, así como la atención a las circunstancias de cada menor a la hora de asumir las consecuencias. Pueden perjudicarles a la hora de resocializarles al cumplir la mayoría de edad.